Contents
- 1 ¿Que le piden a los chilenos para entrar a España?
- 2 ¿Qué debo presentar en el aeropuerto para viajar a España?
- 3 ¿Qué vacuna se necesita para viajar a España?
- 4 ¿Qué es el código QR para viajar a España?
- 5 ¿Qué país no necesita visa para entrar a España?
- 6 ¿Qué vacunas necesito para viajar a Madrid?
- 7 ¿Cuánto dinero hay que tener para entrar a España?
¿Que le piden a los chilenos para entrar a España?
Documentos necesarios –
- Formulario de solicitud de visado Schengen, Descargar, Cada solicitante presentará una solicitud utilizando el formulario oficial, que debe ser completado en todos sus apartados y firmado por el propio solicitante. Si el solicitante es menor de edad, firmará la solicitud uno de sus progenitores. Los menores que viajen solos deberán aportar autorización de ambos progenitores. En el caso de que el menor viaje con uno solo de sus progenitores.
- Fotografía, Una fotografía reciente, tamaño carné, a color, con fondo claro, tomada de frente, sin gafas oscuras, ni reflejos, ni prendas que oculten el óvalo de la cara. En la fotografía de un menor de edad no deben verse partes del cuerpo del adulto que lo sostiene.
- Pasaporte válido y en vigor, Original y una fotocopia de la página o páginas con datos biométricos del pasaporte. Se requieren como mínimo dos páginas libres en el pasaporte para poder estampar el visado Schengen. El pasaporte deberá ser válido, como mínimo, hasta 3 meses después de la fecha prevista de salida del territorio Schengen. Deberá tener, al menos, dos páginas en blanco. No se admiten pasaportes expedidos hace más de 10 años.
- Seguro médico de viaje, El seguro cubrirá los gastos de repatriación por motivos médicos o por defunción y la asistencia médica de urgencia o la atención hospitalaria de urgencia durante todo el período de la estancia y en toda el área Schengen. La cobertura mínima será de 30.000 euros o su equivalente en moneda local. Si se solicita un visado de múltiples entradas, el seguro médico será válido para el primer viaje previsto. El solicitante se comprometerá a contratar un seguro para los viajes sucesivos.
- Abono de la tasa de visado, Tasas consulares,
- Documentos que acrediten el motivo del viaje y las condiciones de la estancia, la disponibilidad de medios económicos suficientes, y que permitan establecer la intención del solicitante de abandonar el espacio Schengen antes de la caducidad del visado,
- Contrato de trabajo vigente en chile
- Tres últimas liquidaciones de sueldo y/o boletas de honorarios de los últimos tres meses como mínimo
- Tres últimas cartolas de cuentas bancarias con saldos y transacciones (cuentas corriente, de ahorros, de fondos mutuos, depósitos a plazo) timbrados por el banco.
- Adicionalmente, tarjetas de crédito cupo internacional si se poseen.
- Los recursos económicos presentados, su consistencia y origen deben ser coherentes con la situación económica general del solicitante.
- Reserva de billetes de avión con fechas de ida y vuelta e itinerario completo de vuelos. No requiere el pago de los billetes. Una reserva o itinerario de viaje de una agencia de viajes es aceptado.
- Reservas de alojamiento para todas las noches en territorio Schengen o carta de Invitación oficial emitida por la Policía en España.
- Prueba de residencia en la demarcación consular, Deberán presentar original y fotocopia de la cédula de identidad chilena válida al menos hasta tres meses después de la fecha prevista de la salida del Espacio Schengen.
- Deberán presentar dos juegos de su documentación, uno de originales y uno de fotocopias, de manera que la oficina consular pueda devolver los originales al solicitante para su viaje, quedándose con las fotocopias.
Cuando sea necesario para valorar la solicitud, la Oficina Consular podrá solicitar documento o datos adicionales y también podrá convocar al solicitante a una entrevista personal. El cumplimiento de los requisitos establecidos en los apartados 1, 2, 3 y 5 es indispensable para la admisibilidad de una solicitud.
¿Qué debo presentar en el aeropuerto para viajar a España?
Si está preparando un viaje a España le informamos que, debido a la crisis sanitaria del COVID-19, es obligatorio presentar un Formulario de Control Sanitario al que se puede acceder desde la web www.spth.gob.es o bien descargándose la app en el móvil desde la misma página.
¿Cuántas dosis de vacuna Covid se necesita para viajar a España?
En virtud de la Resolución de 18 de octubre de 2022, de la Dirección General de Salud Pública, desde el 21 de octubre las siguientes categorías de personas pueden entrar en España sin necesidad de presentar ninguna clase de certificado COVID: • Españoles y ciudadanos comunitarios.
• Extranjeros residentes en la Unión Europea (deben tener tarjeta de residencia europea en vigor). • Extranjeros que dispongan de un visado de larga duración (no Schengen) en vigor. • Estudiantes extranjeros que dispongan del correspondiente visado. • Extranjeros trabajadores altamente cualificados, profesionales de la salud e investigadores sanitarios, personal de transporte, marinos y personal aeronáutico y personal diplomático, consular, de organismos internacionales, de protección civil y militar.
• Extranjeros que viajen por motivos humanitarios o familiares urgentes, de manera excepcional y debidamente justificada. Estas categorías de personas pueden entrar en España por cualquier vía sin presentar ninguna documentación covid-19, como ocurría antes de la pandemia.
Aunque se hayan eliminado los controles sanitarios covid-19 en frontera, el resto de viajeros a España sí deben estar en posesión alternativamente de uno de los tres certificados siguientes : 1. Certificado de vacunación contra el covid-19, que debe cumplir con los siguientes requisitos: • Haber terminado la pauta completa de vacunación al menos 14 días antes de viajar a España.
• No deben haber pasado más de 270 días desde que se recibió la dosis que completó la pauta vacunal. El certificado de vacunación con pauta completa de los menores de 18 años no tiene fecha de caducidad. Teniendo la pauta completa + dosis de refuerzo, no aplica el límite de 270 días, esto es, si uno tiene la pauta completa y la dosis de refuerzo puede volar a España solo con el certificado de vacunación, sin importar hace cuánto completó la pauta y/o cuándo se puso la dosis de refuerzo.
• Solo se aceptan vacunas autorizadas por la OMS o por la Agencia Europea del Medicamento. • El certificado puede estar redactado en español, inglés, francés o alemán. En el caso de no ser posible obtenerlo en estos idiomas, el documento acreditativo deberá ir acompañado de una traducción al español realizada por un organismo oficial.
• El certificado debe incluir el nombre y apellidos del vacunado, fecha de vacunación y de las dosis, tipo de vacuna y número de dosis administradas, país emisor e identificación del órgano emisor del certificado de vacunación.2. Certificado de diagnóstico negativo por covid-19, que puede ser de dos tipos: • Prueba PCR negativa realizada 72 horas antes de la salida a España.
Prueba de antígenos de laboratorio realizada 24 horas antes de la salida a España.3. Certificado de recuperación que confirme, pasados al menos 11 días tras el primer resultado positivo en prueba diagnóstica, que el titular se ha recuperado de una infección por covid. Dicho certificado tiene una validez de 180 días desde el primer resultado positivo en prueba diagnóstica.
Es importante recordar que se puede entrar en España presentando uno de los tres certificados arriba descritos, alternativamente. Los menores de 12 años pueden entrar en España sin presentar ningún requisito, esto es, ninguno de los tres certificados arriba descritos.
¿Qué documentos piden para viajar a Europa desde Chile?
Qué necesita un chileno para viajar a Europa Si eres un chileno que planea viajar a Europa, hay algunas cosas importantes que debes saber para que tu experiencia de viaje sea lo más agradable posible. Aquí te presentamos qué necesita un chileno para viajar a Europa. Para viajar a, necesitarás un pasaporte válido y posiblemente también una visa, dependiendo del país que visites y la duración de tu estancia. Asegúrate de tener estos documentos en orden antes de partir. Los ciudadanos chilenos con pasaporte común, oficial o diplomático, no necesitan visa para ingresar al en calidad de turismo, negocios, visita, siempre y cuando, no sobrepase una estadía de 90 días al interior del espacio Schengen.
El espacio Schengen está constituido por Alemania, Austria, Bélgica, República Checa, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Suecia, Suiza.
Con un visado Schengen se puede viajar en todos esos países.
Europa tiene una variedad de monedas, por lo que es importante investigar la moneda del país al que planeas viajar y asegurarte de tener suficiente efectivo o tarjetas de crédito para tu viaje.El euro es la moneda oficial de 20 países de la Unión Europea que constituyen la zona del euro, también conocida como eurozona.Países que utilizan euros: Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Croacia, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos y Portugal.
Aunque muchos europeos hablan inglés, es útil aprender algunas frases básicas en el idioma del país al que viajas. Esto te ayudará a comunicarte con los locales y disfrutar más de tu experiencia de viaje. Europa tiene una rica historia y cultura, por lo que es importante investigar y respetar las costumbres y tradiciones de cada país.
- Esto puede incluir cosas como vestimenta adecuada en lugares religiosos o culturales, así como el respeto a las normas de conducta en transporte público y restaurantes.
- Europa cuenta con una amplia red de transporte público, como trenes y autobuses, que pueden ser económicos y eficientes.
- Investiga las opciones de transporte disponibles en cada ciudad que visitarás para que puedas moverte de manera fácil y económica.
Aunque Europa es generalmente un lugar seguro para los turistas, siempre es importante tomar precauciones de seguridad básicas, como mantener tus objetos de valor seguros y estar alerta en áreas concurridas. En resumen, si eres un chileno que planea viajar a Europa, es importante investigar y prepararte antes de partir.
¿Cómo sacar la visa Schengen en Chile?
Para solicitar un visado Schengen en Chile, puede acudir usted al embajada de los Países Bajos en Santiago de Chile. Solo puede presentar allí la solicitud si usted reside en Chile. ¿Reside usted en otro lugar? Elija su país de residencia en la página para solicitar un visado Schengen, y averigüe dónde puede acudir.
¿Que hay que rellenar para entrar en España?
– Formulario de Control Sanitario y controles a la llegada a España. Si se está preparando un viaje a España, es necesario saber que, debido a la crisis sanitaria del COVID-19, es obligatorio rellenar un Formulario de Control Sanitario al que se puede acceder desde la página www.spth.gob.es o bien descargándose la app en el móvil desde la misma página.
- Para más información, puede consultarse la página web referida o la resolución de 29 de junio de 2020, de la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España.
- Accesible en: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-6927 – Qatar Airways informa de que sigue operando vuelos con destino a España desde varias ciudades australianas.
Para más información, se recomienda consultar directamente la web de la compañía o, si se prefiere, para mayor seguridad, recurrir a los servicios de una agencia de viajes. Si se necesita contactar con la compañía, se puede llamar al +34914183870 o al 1300 340 600, o escribir a [email protected],
- Es conveniente que cuando se comunique con la compañía se aporte el nombre completo como aparece en el pasaporte, el número de pasaporte y el código de reserva si se ha realizado una reserva.
- Singapore Airlines ha informado de que se podrá transitar por el aeropuerto de Changi desde una serie de ciudades de Australia siempre que se viaje con el grupo de Singapore Airlines (SIA) con un billete solo de ida, el tránsito no dure más de 48 horas y el viaje se haga con el grupo SIA (Singapore Airlines, SilkAir y Scoot), sin que quepa la posibilidad de hacer la conexión con otra compañía fuera del grupo.
Para más información, se recomienda consultar directamente con la compañía o, si se prefiere, para mayor seguridad, recurrir a los servicios de una agencia de viajes. – Otra información de interés, Con carácter general, se recomienda hacer tránsitos lo más cortos que sea posible y poder demostrar que se tiene el tránsito asegurado mediante un billete comprado de origen a destino en España para evitar inconvenientes a la hora de embarcar en origen o durante el trayecto.
- Para los tránsitos en Frankfurt, es importante tener presente que las autoridades alemanas rechazan la entrada en Alemania a viajeros en tránsito que no demuestran tener un billete de conexión hasta España para las siguientes 24 horas.
- Si se trata de tránsitos de más de 24 horas, los pasajeros pueden ser retenidos en la zona internacional del aeropuerto, así como sus pasaportes, hasta que se aproxime la hora de salida del vuelo de conexión.
En caso de transitar por París, es necesario que los viajeros lleven consigo un documento en que declaran que van a transitar por Francia y van a seguir su viaje con destino a un tercer país teniendo la conexión asegurada. Más información y descarga del documento referido (en papel, en cuyo caso hay que imprimir y firmar el documento, o en versión digital con código QR) en la página web de la Embajada de Australia en Canberra: https://au.ambafrance.org/Attestations-de-deplacement-international-derogatoires Los viajeros de nacionalidad australiana, incluso aunque dispongan de otra nacionalidad, incluida la española, y los residentes permanentes deben solicitar una autorización a las autoridades australianas para poder viajar.
- Se recomienda hacerlo con la máxima antelación que sea posible y aportar documentación detallada para apoyar la solicitud.
- Más información y enlace a la solicitud: https://immi.homeaffairs.gov.au/help-support/departmental-forms/online-forms/covid19-enquiry-form – Disposiciones publicadas en el BOE en relación con el coronavirus.
Orden INT/356/2020, de 20 de abril, por la que se prorrogan los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Accesible en: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-4539 Orden INT/396/2020, de 8 de mayo, por la que se prorrogan los controles en las fronteras interiores terrestres con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Accesible en: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-4900 Orden INT/401/2020, de 11 de mayo, por la que se restablecen temporalmente los controles en las fronteras interiores aéreas y marítimas, con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Accesible en: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-4929 Orden SND/403/2020, de 11 mayo, sobre las condiciones de cuarentena a las que deben someterse las personas procedentes de otros países a su llegada a España, durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Accesible en: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-4932 Orden SND/421/2020, de 18 de mayo, por la que se adoptan medidas relativas a la prórroga de las autorizaciones de estancia y residencia y/o trabajo y a otras situaciones de los extranjeros en España, en aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Accesible en: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-5141
¿Qué vacuna se necesita para viajar a España?
Desde el 21 de mayo ( Orden INT/452/2022 ) podrán ingresar en España todas las personas provistas de un certificado de vacunación o de recuperación o de diagnóstico negativo que cumplan con las siguientes características exigidas por el Ministerio de Sanidad: A. Certificado de vacunación, expedido por las autoridades competentes del país de origen o del país de aplicación de la vacuna, que acredite que el titular ha recibido una pauta completa de vacunación contra la COVID-19 de las vacunas autorizadas por la Agencia Europea del Medicamento ( https://www.ema.europa.eu/en/human-regulatory/overview/publichealth-threats/coronavirus-disease-covid-19/treatments-vaccines/vaccines-covid-19/covid-19-vaccines-authorised ) o la Organización Mundial de la Salud ( https://www.who.int/teams/regulation-prequalification/eul/covid-19 ). También se admiten certificados con vacunas no autorizadas por estos organismos, pero la última dosis administrada debe ser de una de las vacunas autorizadas. Se definen como pautas vacunales completas las establecidas en la Estrategia de vacunación frente a COVID-19 en España ( https://www.sanidad.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov/vacunaCovid19.htm ). Se aceptarán como válidos los certificados de vacunación expedidos por las autoridades competentes del país de origen a partir de los 14 días posteriores a la fecha de administración de la última dosis de la pauta vacunal completa (primovacunación).
A partir del 1 de febrero de 2022 no se considerará válido el certificado si han transcurrido más de 270 días desde la fecha de administración de la última dosis de dicha pauta. A partir de ese momento, el certificado de vacunación expedido por la autoridad competente del país de origen deberá reflejar la administración de una dosis de refuerzo, con excepción de los certificados de vacunación de las personas menores de 18 años que seguirán siendo válidos trascurridos los 270 días de la primovacunación.
El certificado de vacunación deberá incluir, al menos, la siguiente información: nombre y apellidos de titular, fecha de vacunación (indicando la fecha de la última dosis administrada), tipo o tipos de vacunas administradas, número de dosis administradas/pauta completa, país emisor, e identificación del organismo emisor del certificado de vacunación.B.
NAAT-pruebas de amplificación de ácido nucleico (PCR, TMA, LAMP, NEAR, etc.), dentro de las 72 horas previas a la llegada a España.
El certificado de prueba diagnóstica deberá incluir, al menos, la siguiente información: nombre y apellido del titular, fecha de la toma de la muestra, tipo de test realizado y país emisor.C. Certificación de recuperación que confirme que el titular se ha recuperado de la COVID-19.
Se aceptarán como válidos los expedidos por la autoridad competente o por un servicio médico como mínimo 11 días después de la realización de la primera prueba diagnóstica NAAT o test de detección de antígeno con resultado positivo (el test de detección de antígeno debe estar en la lista de test rápidos aprobados por la Comisión Europea).
La validez del certificado finalizará a los 180 días a partir de la fecha del primer resultado positivo de prueba diagnóstica. El certificado de recuperación deberá incluir, al menos, la siguiente información: nombre y apellido del titular, fecha del primer resultado positivo de prueba diagnóstica para SARS-CoV-2, tipo de test realizado y país emisor., que cumpla las condiciones expresadas en los apartados A, B y C. Solo los pasajeros que lleguen a España por vía aérea que no dispongan de Certificado COVID Digital de la Unión Europea deberán cumplimentar antes de viajar a España un Formulario de Control Sanitario (FCS), a través de la web www.spth.gob.es o de la aplicación SpainTravelHealth-SpTH. Tras la cumplimentación del Formulario de Control Sanitario se generará un código QR individualizado que el viajero deberá presentar a las compañías de transporte antes del embarque, así como en los controles sanitarios en el punto de entrada de España.
Normativa aplicable a menores de 18 años Las personas de 12 años o más y menores de 18 años podrán ingresar en España aportando un certificado de vacunación o de recuperación (en los términos descritos) o presentando una prueba de amplificación de ácido nucleico molecular-NAAT (RT-PCR o similar) del SARSCoV-2 con resultado negativo realizada 72 horas antes de la llegada a España, previa comprobación por las autoridades sanitarias.
Los menores de 12 años están exentos de presentar los certificados exigidos (vacunación, diagnóstico o recuperación). En todo caso, los menores de 18 años que ingresen por vía aérea deberán cumplimentar el Formulario de Control Sanitario y obtener un código QR individualizado, salvo que dispongan de Certificado COVD Digital de la Unión Europea.
- Pasajeros en tránsito Están excluidos de cumplir con los requerimientos aquí detallados aquellos pasajeros que lleguen a España en tránsito a otros países, siempre que no abandonen el entorno portuario o aeroportuario y que su estancia en España no sea superior a 24 horas.
- Más información: https://www.sanidad.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov/spth.htm,
https://www.boe.es/eli/es/o/2020/07/17/int657/con, https://www.boe.es/eli/es/res/2022/04/01/(2),
¿Qué tipo de prueba de Covid se necesita para viajar a España?
Los requisitos sanitarios que han existido hasta ahora – Hasta este mes de octubre de 2022, las requisitos sanitarios para los viajes a España afectaban a todos aquellos ciudadanos de países que no fuesen miembros de Schengen o estuviesen asociados a él.
- Dichos requisitos se podían dividir en tres tipos principales: toma de temperatura, control visual sobre el estado físico y control documental.
- Los dos primeros casos se explican por sí solos.
- El personal de fronteras era responsable no solo de realizar una inspección visual de los llegados a territorio español, sino también de llevar a cabo controles de temperatura para identificar viajeros con fiebre.
En este sentido, el límite se había establecido en guarismos que superasen los 37,5 °C. Mientras tanto, el control documental contemplaba la presentación de tres tipos diferentes de certificados sanitarios, que, Estas eran las características principales de cada uno de ellos:
Certificado de vacunación. Que confirmase que se ha recibido una pauta completa de vacunación contra la COVID-19. Se aceptaban como válidos los certificados de vacunación expedidos por autoridades competentes en el país de origen a partir de los 14 días posteriores a la fecha de administración de la última dosis de la pauta vacunal completa, y si no han transcurrido más de 270 días desde la fecha de administración de la última dosis de dicha pauta. De no cumplir con lo anterior, el certificado de vacunación debería reflejar la administración de una dosis de refuerzo, con la excepción de los certificados de vacunación de personas menores de 18 años que seguían siendo válidos transcurridos los 270 días de la primera pauta completa de vacunación. Certificado de prueba diagnóstica. Que confirmase que se había realizado una prueba diagnóstica negativa. Se aceptaban como válidos aquellos certificados de prueba diagnóstica de infección activa de COVID-19, con resultado negativo, pertenecientes a alguno de los siguientes grupos: i) Pruebas de amplificación de ácido nucleico molecular (NAAT), cuya muestra hubiese sido obtenida dentro de las 72 horas anteriores a la salida. ii) Test rápidos de detección de antígenos,, cuya muestra hubiese sido obtenida dentro de las 24 horas anteriores a la salida. Certificado de recuperación. Que confirmase que, tras un resultado positivo de una prueba diagnóstica, el viajero se hubiese recuperado de la infección por el SARS-CoV-2. Se aceptaban como válidos los certificados expedidos por las autoridades competentes del país de origen o por un servicio médico como mínimo 11 días después de la realización de la primera prueba diagnóstica NAAT o test de detección de antígeno con resultado positivo. El certificado contaba con una validez de 180 días después de la fecha del primer resultado positivo. Y todos los test de detección de antígeno deberían haber sido y realizados por profesionales sanitarios o por personal cualificado.
Ante el cumplimiento de estos requisitos, eso sí, existían ciertas excepciones:
Las tripulaciones de los medios de transporte internacional aéreo o marítimos. Los menores de 12 años. Los pasajeros que llegasen a España en tránsito a otros países, siempre que no abandonen el entorno portuario o aeroportuario y que su estancia en España no fuese superior a 24 horas. Y los trabajadores del mar y tripulaciones de medios de transporte internacionales que lleguen a España como pasajeros, cuando se encuentren de regreso de su campaña a bordo de un buque, en viaje de retorno a su base de operaciones o en tránsito para embarcar o desembarcar.
¿Qué es el código QR para viajar a España?
¿A qué se refieren con código QR? – El código QR o código Quick Response es un enlace que contiene información y se muestra como una imagen. El código QR llegará al correo elctrónico brindado en la solicitud cuando se haya completado el formulario. Deberá mostrar dicho código a las autoridades españolas cuando llegue al aeropuerto.
¿Que te piden en el aeropuerto para viajar?
Información para el Viajero Pasajeros en el aeropuerto de Cd. del Carmen En Aeropuertos y Servicios Auxiliares nuestro principal objetivo es fomentar y mantener una infraestructura aeroportuaria de clase mundial, donde la seguridad, rapidez y comodidad sean las premisas fundamentales.
- Pensando en ello, hemos modernizado y ampliado las instalaciones de nuestra red y las hemos equipado con tecnología de primer nivel.
- En esta sección, le ofrecemos algunos elementos que debe tomar en cuenta antes de viajar, como son las nuevas normas de seguridad que aplican en vuelos nacionales e internacionales, entre otros temas importantes.
Consejos para el viajero Al salir hacia el aeropuerto efectúe su viaje sin contratiempos; verifique traer consigo los siguientes documentos:
- Boleto o la clave de confirmación de viaje sin boleto.
- Identificación oficial con fotografía (pasaporte, credencial del IFE o INE, cédula profesional, cartilla militar o licencia de manejo).
- Los pasajeros internacionales deberán portar siempre su pasaporte y visas correspondientes.
- Verificar si el país de destino requiere que se aplique alguna vacuna en específico.
Equipaje Documentación en el mostrador de la aerolínea
- Vuelos nacionales: documente o regístrese con dos horas de anticipación a su salida.
- Vuelos internacionales: documente o regístrese con tres horas de anticipación a su salida.
Seguridad
- Verifique la lista de artículos prohibidos para evitar demoras en los puntos de revisión de cada país que piensa visitar.
- Siga las instrucciones del personal de seguridad y los señalamientos del aeropuerto.
- Utilice taxis y transportes autorizados por el aeropuerto.
Contacte a su línea aérea antes de su viaje para cualquier duda o aclaración.
- Identifique sus portafolios y maletas con su nombre, dirección y teléfono.
- No pierda de vista o abandone su equipaje en ningún momento.
- No confíe a nadie sus pertenencias ni acepte cuidar las pertenencias de un desconocido.
- No acepte regalos o paquetes de desconocidos para ser transportados.
- En vuelos internacionales, usted debe llevar equipaje con un peso de 30 kg. máximo y en vuelos nacionales, de 25 kg. corroborar esta información con los representantes de las aerolíneas que utilizará, porque cada una permite diferentes cantidades en peso de su equipaje.
- Facilidades para personas con discapacidad
- Aeropuertos y Servicios Auxiliares es consciente de la importancia de que las personas con discapacidad cuenten con todas las facilidades y servicios para tener un buen viaje.
- Para ello, ofrecemos las siguientes recomendaciones:
- Cuando reserve su vuelo, y sí así lo requiere, pida a través de su agente de viajes el apoyo de la aerolínea con la que va a viajar para que le sea proporcionada una silla de ruedas. Al momento de documentarse no dude en solicitarlo con el personal de la compañía aérea.
- Si viaja con su propia silla de ruedas, puede utilizarla para arribar al avión por el pasillo, pero no podrá subirla a bordo. El personal de la aerolínea le transferirá a una silla especial para circular en los pasillos del avión y le llevará hasta su asiento. Pondrán su silla en el compartimiento de equipajes y la tendrán preparada para usted cuando llegue a su destino.
- Pida un asiento enfrente de una mampara. Son los asientos situados al principio de la sección, orientados hacia una pared, en lugar de hacia el respaldo de otros asientos. Disponen de más espacio, dependiendo de la configuración particular de asientos que dispone la aerolínea, por lo que podría facilitarse al entrar y salir.
En todos los aeropuertos de la Red ASA hemos puesto en marcha el Programa Inclusión Total, con el fin de proporcionar todas las facilidades a las personas con capacidades diferentes.
- Contacte a su línea aérea antes de su viaje, para cualquier duda o aclaración.
- Normas de seguridad
- 1. Equipaje documentado
A partir del 1 de enero de 2006 entraron en vigor nuevas normas de seguridad para vuelos nacionales e internacionales. Ahora, todo el equipaje que sea documentado es inspeccionado a través de sistemas automáticos y/o una inspección manual. Productos prohibidos
- Materiales explosivos e inflamables.
- Antorchas, encendedores de gas y cerillos.
- Combustible para encendedores.
- Aerosoles, excepto los de belleza personal (en cantidades limitadas).
- Sustancias químicas inhabilitantes (cloro y decolorantes).
- Baterías con ácido químico, excepto las de sillas de ruedas (verificar disposiciones con la aerolínea y país de destino).
- Gas lacrimógeno y gas comprimido, incluyendo extinguidores.
- Armas de fuego y municiones, excepto si cuentan con autorización previa de las autoridades competentes.
- Recuerde llegar con tres horas de anticipación al aeropuerto si su vuelo es internacional y con dos horas si se trata de vuelos nacionales.
- 2. Equipaje de mano
- Su equipaje de mano será revisado a través de una máquina de rayos X.
- Tiene permitido llevar una maleta con artículos personales de dimensiones que permitan introducirla en los compartimentos para equipaje en la cabina de pasajeros.
- En caso de llevar regalos, independientemente de que se pasen por la máquina de rayos X, pueden ser inspeccionados por el personal de revisión encargado en ese punto.
- Ningún equipo de supervisión afecta imágenes de cámaras digitales o películas procesadas; diapositivas; videos; fotografías; discos compactos o discos duros.
3. Recomendaciones
- Identifique su computadora portátil con sus datos.
- No introduzca artículos prohibidos en el equipaje de mano.
- De preferencia NO lleve dentro del equipaje de mano, película sensible de fotografía tipo ASA/ISO 800 o superior, ya que podrían sufrir algún daño, o bien se sugiere solicitar al personal de seguridad le realice una inspección manual.
- Sus artículos personales de higiene deben ir en botellas de plástico con capacidad máxima de 100 mls., puede transportar un máximo de 10 botellas de esta capacidad en una bolsa de plástico transparente, con cierre resellable, con capacidad máxima de un litro.
- No llevar botellas con líquidos.
Viaje con mascotas
Comuníquese con los representantes de las aerolíneas, con las que viajará, para que le sea proporcionada toda la información correspondiente al transporte de su mascota.
: Información para el Viajero
¿Cuándo empieza a regir el ETIAS en España?
ETIAS, ¿Es una nueva visa para viajar a España? ¿Visa? ¿ETIAS España? Se ha vuelto a retrasar la fecha de implementación del ETIAS y las autoridades indican que será obligatorio para viajar a partir de 2024. Quizás te estás preguntando ¿Existe un nuevo visado para viajar a España este nuevo año 2023? ¿Cómo gestiono la VISA ETIAS España? Son dos de las preguntas que mas nos hacen últimamente en el WhatsApp de,
- Te lo explico en tiempo récord, MIRA:
- El ETIAS, por sus siglas en inglés European Travel Information and Authorization System, es el Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes obligatorio para los visitantes de países que no necesiten un visado para acceder al espacio Schengen.
- El sistema someterá a un control de seguridad a cada solicitante para determinar si se le autoriza la entrada a cualquier país del espacio Schengen.
- En si mismo, no es una nueva visa como tal, sino una autorización electrónica de viaje,
El sistema ETIAS, además de utilizarse para fines de turismo y empresariales, también permitirá a las personas visitar los países del espacio Schengen por motivos médicos y de tránsito.
¿Qué país no necesita visa para entrar a España?
¿Qué países están exentos de la obligación de obtener ese visado? – De manera paralela, los estados Schengen han llegado a una serie de acuerdos con ciertos países según los cuales sus nacionales están exentos de la obligación de presentar un visado para el cruce de sus fronteras, incluidas las de España, cuando viajen como turistas.
o Los países exentos de la obligación de visado para entrar en el espacio Schengen son: Albania, Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Antigua República Yugoslava de Macedonia, Australia, Bahamas, Barbados, Bosnia Herzegovina, Brasil, Brunéi Darussalam, Canadá, Chile, Colombia, Corea del Sur, Costa Rica, Mancomunidad de Dominica, El Salvador, Emiratos Árabes Unidos, Estados Unidos, Georgia, Granada, Guatemala, Honduras, Israel, Japón, Kiribati, Malasia, Islas Marshall, Mauricio, México, Micronesia, Moldavia, Nicaragua, Nueva Zelanda, Palaos, Panamá, Paraguay, Perú, Islas Salomón, Samoa, San Cristóbal y Nieves, San Marino, San Vicente y Granadinas, Santa Lucía, Santa Sede, Serbia, Seychelles, Singapur, Timor Oriental, Tonga, Trinidad y Tobago, Tuvalu, Ucrania, Uruguay, Vanuatu y Venezuela.
Que no necesiten visado no significa que los ciudadanos de esos países no deban ser capaces de presentar cierta información genérica en el control de pasaportes si se les requiere.
¿Cuándo entra en vigor la Ley ETIAS en España?
A partir de finales de 2023, los nacionales de países exentos de visado deberán tener una autorización de viaje ETIAS para entrar en la mayoría de los países europeos. Para más información, consulte el sitio web oficial de ETIAS: www.europa.eu/etias Desde julio de 2018 la Unión Europea (UE) aprobó y anunció el proyecto para establecer un Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (ETIAS).
- Está previsto que ETIAS comience a operar a finales de 2023 y será simple, rápido y accesible para todos.
- Los nacionales de los países exentos de visado y con edad entre 18 y 70 años desarrollarán su registro a través de ETIAS antes de realizar un viaje a Europa.
- Esta solicitud solo tardará unos minutos en llenarse a través del sitio web oficial www.europa.eu/etias,
En la gran mayoría de los casos la autorización será automática y llegará por correo electrónico en pocos minutos. ETIAS no es una visa y no introduce obligaciones similares a las del visado: no será necesario acudir a un Consulado para presentar una solicitud, no se recolectarán datos biométricos, será mucho menos costoso y más rápido que el trámite de una visa.
ETIAS funciona con pleno respeto a los derechos fundamentales y los principios de protección de datos, elemento que no siempre se puede garantizar en sitios web no oficiales. La autorización de ETIAS tendrá un costo de 7 euros –para cubrir los costos de funcionamiento del sistema– y será válida por tres años y para múltiples entradas.
El requisito de ETIAS se aplicará a los viajes exentos de visado, como los nacionales de Paraguay, hacia los Estados que forman parte del Espacio Schengen, así como a Bulgaria, Chipre y Rumania. El inicio del funcionamiento de ETIAS será anunciado de manera oportuna por la Unión Europea a través de sus canales oficiales en Bruselas y en Paraguay.
¿Cuántas dosis es la pauta completa de vacunación?
Marcos López Hoyos, José Gómez Rial, Magda Campins Martí y Joan Caylà. Una pauta completa de vacunación individualizada para cada caso. Ese es el futuro que debería tomar el pasaporte covid según inmunólogos y epidemiólogos. Los expertos de ambas especialidades consideran que tras vivir seis olas de Covid-19, la población española cuenta con una mezcla de inmunidad adquirida de forma natural y a través de la vacunación, por lo tanto, hablar de pauta completa de vacunación debería ser diferente para cada individuo.
Actualmente, pese a la indicación general de administrar la tercera dosis, se sigue considerando como pauta completa las dos dosis. Sin embargo, la literatura científica no comparte que la protección de infección sea igual todos los casos. En ese sentido, la jefa de Medicina Preventiva y Epidemiología del Vall d’Hebron, Magda Campins Martí, considera que la pauta completa con dos dosis ha caducado en función del tiempo trascurrido : “Si han pasado menos de cinco meses desde la última dosis no ha caducado, pero si han pasado más sí, ya que frente a la infección sintomática tiene poca protección.
Si queremos avanzar en coberturas vacunales y reducir la transmisión del virus tenemos que ponernos la tercera dosis. Ya hay estudios que dicen que con la tercera dosis pasamos de un 20 a un 60 por ciento de protección frente a nuevas infecciones”. Un diagnóstico que también comparte Marcos López Hoyos, presidente de la Sociedad Española de Inmunología (SEI): “Se considera que con dos dosis sigue siendo completa porque da protección frente a la enfermedad, pero no protege de la infección.
¿Cómo saber si tengo las vacunas completas?
Si deseas ver y descargar tu carnet de vacunación contra la COVID-19 o del esquema regular, ingresa a la plataforma y aplicativo Carnet de Vacunación del Ministerio de Salud.
¿Qué vacunas necesito para viajar a Madrid?
Ante algunas consultas recibidas, hacemos llegar información detallada sobre el ingreso a territorio español a partir del 7 de junio de 2021 :
Los ciudadanos peruanos que ingresen a España como turistas, están autorizados a viajar siempre que cuenten con el ciclo o pauta de vacunación completa con una antigüedad mínima de catorce (14) días. Para ello, deberán estar provistos de un certificado de vacunación reconocido por el Ministerio de Sanidad del Reino de España (vacunas Pfizer-Biontech, Moderna, Astra-Zeneca, Jansen/Johnson&Johnson, Sinovac y Sinopharm). Sólo para estos casos, no será necesaria la autorización previa de entrada que otorga la Agregaduría de Interior de la Embajada de España en el Perú. Los ciudadanos peruanos que ingresen a España como turistas (con la pauta completa de vacunación) deberán de llenar antes de su salida un formulario de control sanitario a través de la web www.spth.gob.es y en el mismo introducir los datos del certificado de vacunación. El llenado del formulario generará un código QR individualizado que el pasajero deberá presentar a la compañía aérea antes del embarque, así como realizar los controles sanitarios en el punto de entrada a España. Los pasajeros menores de 12 años quedan exentos de la presentación de estos certificados. No obstante, deberán estar en posesión del código QR obtenido tras el llenado del formulario de control sanitario a través de SpTH. Los menores entre los 13 y los 18 años tendrán que cumplir los mismos requisitos que los adultos para viajar como turistas, es decir, contar con el certificado de vacunación. Los pasajeros que viajan por motivos no esenciales (turismo) y no cuenten con la pauta de vacunación completa no podrán ingresar a territorio español. Los pasajeros que viajan por motivos esenciales previstos en la Orden INT/552/2021, de 4 de junio, deberán obtener previamente la autorización de entrada que otorga la Agregaduría de Interior de la Embajada de España en el Perú. Los pasajeros en tránsito con destino final a otro país, no deberán presentar certificado alguno si se mantienen dentro de la zona internacional del aeropuerto. Si el transito implica el paso por los centros de control fronterizo y por tanto la entrada en territorio español, deberán presentar su QR TRÁNSITO, la tarjeta de embarque o billete de compra del siguiente o siguientes vuelos de la conexión para demostrar que el destino final es internacional, y podrán continuar su viaje, siempre y cuando el tránsito tenga una duración inferior a 24 horas y no se salga del aeropuerto. Cabe precisar que todas estas medidas son evaluadas periódicamente. Mayor información en: https://bit.ly/3cCMdLQ Se adjunta la Orden INT/552/2021, de 4 de junio, por la que se modifica la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. Asimismo, se adjunta la Resolución de 4 de junio de 2021, de la Dirección General de Salud Pública, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España.
Descargar desde los siguientes enlaces: Orden INT/552/2021 Resolución 4
¿Cómo salir de Chile?
El permiso de salida del país deberá presentarse por escritura pública o instrumento privado, autorizado por un notario público. Dicha autorización no será necesaria si el menor sale del país en compañía de la o las personas que deben presentarlo (madre, padre o guardador).
¿Qué significa estar en el espacio Schengen?
La construcción del espacio Schengen comenzó en 1985, cuando cinco países firmaron el Acuerdo de Schengen, que estipulaba la supresión gradual de los controles en las fronteras comunes. El Acuerdo de Schengen lleva el nombre de un pequeño pueblo de Luxemburgo donde la frontera de ese país confluye con las de Francia y Alemania.
- Aunque en principio surgió como una iniciativa entre gobiernos, la cooperación Schengen está ahora recogida en la normativa y legislación de la UE.
- Este Acuerdo fue completado por el Convenio de aplicación de Schengen de 1990, que establece la supresión definitiva de los controles en las fronteras interiores, así como una serie de medidas de acompañamiento necesarias.
El Convenio reforzaba los controles en las fronteras exteriores, definía los procedimientos de expedición de visados uniformes, establecía el Sistema de Información de Schengen (SIS), intensificaba la cooperación policial en las fronteras interiores y mejoraba la lucha contra el tráfico de drogas.
En la actualidad, el espacio Schengen (denominado así por el Acuerdo de Schengen) garantiza la posibilidad de viajar sin restricciones por el territorio de 27 países en los que residen más de 420 millones de ciudadanos. El espacio Schengen está rodeado por 42,673 km de fronteras marítimas y 7,721 km de fronteras terrestres.
Estos 27 países europeos (los cuales 23 son Estados miembros de la UE) son: Bélgica, Chequia, Croacia, Dinamarca, Alemania, Estonia, Grecia, España, Francia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Hungría, Malta, Países Bajos, Austria, Polonia, Portugal, Eslovenia, Eslovaquia, Finlandia y Suecia, así como Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.
Al pertenecer a la zona libre de controles fronterizos internos, estos países: • No realizan controles fronterizos en sus fronteras interiores (es decir, en las fronteras entre dos Estados Schengen); • Realizan controles armonizados, ajustados a criterios claramente definidos, en sus fronteras exteriores (es decir, en las fronteras entre un Estado Schengen y un Estado no perteneciente a Schengen); • Limitan los controles a la frontera exterior y tanto los ciudadanos de la UE como los nacionales de terceros países pueden viajar libremente por el espacio Schengen.
Bulgaria, Chipre, Irlanda y Rumanía son Estados miembros de la UE que (todavía) no forman parte del espacio Schengen, Esto significa que los vuelos desde uno de estos Estados a un Estado Schengen se consideran exteriores y están sujetos a controles fronterizos.
Sin embargo, los ciudadanos de la UE tienen derecho a circular libremente cuando viajan por la Unión, tanto por los países pertenecientes a Schengen como por los demás. Cuando un ciudadano de la Unión entra en un Estado de la UE no perteneciente a Schengen, en principio es objeto de una inspección mínima para comprobar su identidad mediante la presentación de sus documentos de viaje (pasaporte o documento de identidad).
Bulgaria y Rumanía están en proceso de unirse. Las personas que residen en el espacio Schengen realizan cada año 1.250 millones de viajes dentro de este. Hay casi 1,7 millones de personas que residen en un país Schengen mientras trabajan en otro, y cada día, unos 3,5 millones de personas cruzan las fronteras internas del espacio Schengen,
- Además, cada año hay unos 24 millones de viajes de negocios dentro del mismo.
- Integración en el espacio Schengen Antes de integrarse en el espacio Schengen, los Estados Schengen han tenido que demostrar su capacidad de: • Asumir la responsabilidad de controlar la frontera exterior del espacio en nombre de los otros Estados Schengen y de expedir visados para estancias de corta duración uniformes (visados Schengen); • Cooperar de manera eficiente con los otros Estados Schengen con el fin de mantener un nivel de seguridad elevado una vez suprimidos los controles en las fronteras interiores; • Aplicar el conjunto de normas Schengen, como las normas sobre controles en las fronteras terrestres, marítimas y aéreas, la expedición de visados, la cooperación policial y la protección de datos personales; • Conectarse al Sistema de Información de Schengen (SIS) y al Sistema de Información de Visados (VIS) y utilizarlos.
Los Estados Schengen son objeto de evaluaciones periódicas cuyo propósito es verificar la correcta aplicación de la normativa Schengen. Reforma Schengen La Comisión Europea, mediante una Comunicación del 2 de junio de 2021, presentó la Estrategia para reformar Schengen.
La reforma gira en torno a tres pilares fundamentales : – Garantizar una gestión más eficaz de las fronteras exteriores, con mandato reforzado de FRONTEX, entre otros; – Reforzar internamente el espacio Schengen a través de medidas compensatorias y la creación de un Código de Cooperación Policial de la UE; – Mejorar la gobernanza de Schengen revisando y agilizando el mecanismo de evaluación, Consta de dos expedientes legislativos fundamentales: • La propuesta de reglamento sobre el Sistema de evaluación Schengen (Reglamento 1052/2013), adoptado en junio de 2022.
• La propuesta del Código de Fronteras Schengen (Reglamento 2016/339), El Consejo ha aprobado su orientación general en junio de 2022 y a partir de ahora se inicia la negociación con el Parlamento europeo. Fechas clave 1985, junio : Bélgica, Alemania, Francia, Luxemburgo y los Países Bajos firman el Acuerdo de Schengen.1990, junio: Los mismos países firman el Convenio de aplicación del Acuerdo de Schengen.1995, marzo: El Convenio entra en vigor y se suprimen los controles fronterizos entre Bélgica, Alemania, España, Francia, Luxemburgo, los Países Bajos y Portugal (España y Portugal habían firmado el Acuerdo en junio de 1991).1997, octubre: Se suprimen los controles fronterizos con Italia, que había firmado el Acuerdo en noviembre de 1990.1997, diciembre: Se suprimen los controles fronterizos con Austria, que había firmado el Acuerdo en abril de 1995.1999, mayo: El Tratado de Ámsterdam integra la cooperación de Schengen en el marco jurídico de la UE.2000, enero: Se suprimen los controles fronterizos con Grecia, que había firmado el Acuerdo en noviembre de 1992.2001, marzo: Se suprimen los controles fronterizos con Dinamarca, Finlandia, Suecia, Islandia y Noruega, que habían firmado el Acuerdo en diciembre de 1996.2007, diciembre: Se suprimen los controles en las fronteras terrestres y marítimas con Chequia, Estonia, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia.2008, marzo: Se suprimen los controles fronterizos en los aeropuertos con Chequia, Estonia, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia.2008, diciembre: Se suprimen los controles en las fronteras terrestres con Suiza, que firmó el Acuerdo en octubre de 2004.2009, marzo: Se suprimen los controles fronterizos en los aeropuertos con Suiza.2011, diciembre : Se suprimen los controles en las fronteras con Liechtenstein, que había firmado el Acuerdo en febrero de 2008.2015, marzo: Croacia expresa su disposición a ser miembro del espacio Schengen.2015, noviembre: los ministros del Interior de los Estados miembros deciden, durante una reunión del Consejo de la UE, y a raíz de los atentados de París, poner en práctica las comprobaciones sistemáticas y coordinadas necesarias en las fronteras exteriores.2018, diciembre: el Parlamento Europeo vota para aceptar la adhesión de Bulgaria al espacio Schengen.2019, octubre: la Comisión Europea anuncia que Croacia es elegible para unirse al espacio Schengen.2021, marzo: la comisaria europea de Asuntos de Interior, Ylva Johansson, y la Presidencia portuguesa anuncian los resultados de la evaluación a Croacia durante una reunión de ministros del Interior de la UE que son favorables a su adhesión al estar preparada técnicamente.2021, diciembre: El Consejo concluyó que Croacia cumple las condiciones necesarias para la aplicación de todas las partes del acervo de Schengen.2023, enero: Croacia se integra en el espacio Schengen.
¿Cuáles son los requisitos para entrar a España?
¿Cómo se obtiene la visa de turista para ir a España? – La visa Schengen tipo C (la de corta duración y más común) te permitirá circular libremente por todo el territorio Schengen durante un máximo de 90 días en un periodo de 6 meses, En caso de necesitar una visa turista para España estos son los requisitos para su obtención:
Rellenar el formulario de la solicitud
Pedir cita en el consulado o la embajada (y llevar el justificante para poder entrar)
Fotografía tamaño carnet
Pasaporte válido y en vigor, La vigencia tiene que ser superior a 3 meses a partir de la fecha de salida del país.
Un seguro para la visa Schengen con una cobertura mínima de 30 000€ que garantice la atención médica ante cualquier emergencia y la repatriación en caso de defunción.
Billete de ida y vuelta
Un justificante de alojamiento : reserva de hotel, carta de invitación de un particular, reserva de alquiler turístico.
Disponer de liquidez para costear los gastos de tu estancia en Europa. En el caso de España, la cantidad mínima exigida es de 108€ por persona y día. En todo caso, y con independencia del número de días de estancia, se exigirá una cantidad mínima de 972 euros o su equivalente en otra divisa.
La solicitud de la visa Schengen deberá presentarse entre 6 meses y 15 días antes de la fecha prevista para el viaje.
¿Qué vacuna se necesita para viajar a España?
Desde el 21 de mayo ( Orden INT/452/2022 ) podrán ingresar en España todas las personas provistas de un certificado de vacunación o de recuperación o de diagnóstico negativo que cumplan con las siguientes características exigidas por el Ministerio de Sanidad: A. Certificado de vacunación, expedido por las autoridades competentes del país de origen o del país de aplicación de la vacuna, que acredite que el titular ha recibido una pauta completa de vacunación contra la COVID-19 de las vacunas autorizadas por la Agencia Europea del Medicamento ( https://www.ema.europa.eu/en/human-regulatory/overview/publichealth-threats/coronavirus-disease-covid-19/treatments-vaccines/vaccines-covid-19/covid-19-vaccines-authorised ) o la Organización Mundial de la Salud ( https://www.who.int/teams/regulation-prequalification/eul/covid-19 ). También se admiten certificados con vacunas no autorizadas por estos organismos, pero la última dosis administrada debe ser de una de las vacunas autorizadas. Se definen como pautas vacunales completas las establecidas en la Estrategia de vacunación frente a COVID-19 en España ( https://www.sanidad.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov/vacunaCovid19.htm ). Se aceptarán como válidos los certificados de vacunación expedidos por las autoridades competentes del país de origen a partir de los 14 días posteriores a la fecha de administración de la última dosis de la pauta vacunal completa (primovacunación).
- A partir del 1 de febrero de 2022 no se considerará válido el certificado si han transcurrido más de 270 días desde la fecha de administración de la última dosis de dicha pauta.
- A partir de ese momento, el certificado de vacunación expedido por la autoridad competente del país de origen deberá reflejar la administración de una dosis de refuerzo, con excepción de los certificados de vacunación de las personas menores de 18 años que seguirán siendo válidos trascurridos los 270 días de la primovacunación.
El certificado de vacunación deberá incluir, al menos, la siguiente información: nombre y apellidos de titular, fecha de vacunación (indicando la fecha de la última dosis administrada), tipo o tipos de vacunas administradas, número de dosis administradas/pauta completa, país emisor, e identificación del organismo emisor del certificado de vacunación.B.
NAAT-pruebas de amplificación de ácido nucleico (PCR, TMA, LAMP, NEAR, etc.), dentro de las 72 horas previas a la llegada a España.
El certificado de prueba diagnóstica deberá incluir, al menos, la siguiente información: nombre y apellido del titular, fecha de la toma de la muestra, tipo de test realizado y país emisor.C. Certificación de recuperación que confirme que el titular se ha recuperado de la COVID-19.
Se aceptarán como válidos los expedidos por la autoridad competente o por un servicio médico como mínimo 11 días después de la realización de la primera prueba diagnóstica NAAT o test de detección de antígeno con resultado positivo (el test de detección de antígeno debe estar en la lista de test rápidos aprobados por la Comisión Europea).
La validez del certificado finalizará a los 180 días a partir de la fecha del primer resultado positivo de prueba diagnóstica. El certificado de recuperación deberá incluir, al menos, la siguiente información: nombre y apellido del titular, fecha del primer resultado positivo de prueba diagnóstica para SARS-CoV-2, tipo de test realizado y país emisor., que cumpla las condiciones expresadas en los apartados A, B y C. Solo los pasajeros que lleguen a España por vía aérea que no dispongan de Certificado COVID Digital de la Unión Europea deberán cumplimentar antes de viajar a España un Formulario de Control Sanitario (FCS), a través de la web www.spth.gob.es o de la aplicación SpainTravelHealth-SpTH. Tras la cumplimentación del Formulario de Control Sanitario se generará un código QR individualizado que el viajero deberá presentar a las compañías de transporte antes del embarque, así como en los controles sanitarios en el punto de entrada de España.
Normativa aplicable a menores de 18 años Las personas de 12 años o más y menores de 18 años podrán ingresar en España aportando un certificado de vacunación o de recuperación (en los términos descritos) o presentando una prueba de amplificación de ácido nucleico molecular-NAAT (RT-PCR o similar) del SARSCoV-2 con resultado negativo realizada 72 horas antes de la llegada a España, previa comprobación por las autoridades sanitarias.
Los menores de 12 años están exentos de presentar los certificados exigidos (vacunación, diagnóstico o recuperación). En todo caso, los menores de 18 años que ingresen por vía aérea deberán cumplimentar el Formulario de Control Sanitario y obtener un código QR individualizado, salvo que dispongan de Certificado COVD Digital de la Unión Europea.
- Pasajeros en tránsito Están excluidos de cumplir con los requerimientos aquí detallados aquellos pasajeros que lleguen a España en tránsito a otros países, siempre que no abandonen el entorno portuario o aeroportuario y que su estancia en España no sea superior a 24 horas.
- Más información: https://www.sanidad.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov/spth.htm,
https://www.boe.es/eli/es/o/2020/07/17/int657/con, https://www.boe.es/eli/es/res/2022/04/01/(2),
¿Cuánto dinero hay que tener para entrar a España?
¿Cuánto dinero en metálico puedo llevar al viajar al extranjero? Al viajar a otro país podemos llevar dinero en efectivo encima, pero no cualquier cantidad. El límite que establece la normativa vigente es de 10.000 euros o equivalente tanto para entrar como salir de España; a partir de esta cantidad hay que presentar una declaración ante los servicios aduaneros.
¿Cómo sacar la visa Schengen en Chile?
Para solicitar un visado Schengen en Chile, puede acudir usted al embajada de los Países Bajos en Santiago de Chile. Solo puede presentar allí la solicitud si usted reside en Chile. ¿Reside usted en otro lugar? Elija su país de residencia en la página para solicitar un visado Schengen, y averigüe dónde puede acudir.