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¿Que está abierto el 2 de enero?
¿Es feriado irrenunciable el lunes 2 de enero y qué lugares abrirán? – Este lunes 2 de enero no se considera feriado irrenunciable, por lo que el comercio podrá abrir en su horario habitual. La ley contempla lo siguiente: Cuando el día 1 de enero recaiga en un día domingo, el lunes siguiente también será feriado”.
¿Qué locales pueden abrir en feriado irrenunciable?
¿Qué comercios pueden abrir el feriado irrenunciable del 1 de mayo? – En los solo pueden abrir los siguientes comercios:
Clubes. Restaurantes. Establecimientos de entretenimiento, tales como: cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets. Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos. Casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados. Establecimiento de venta de combustibles. Farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria. Tiendas de conveniencia asociada a establecimientos de venta de combustibles, es decir, aquellos lugares comerciales de venta directa al público ubicadas ubicados dentro del recinto de las bencineras, donde se elaboran y venden alimentos preparados en el mismo sitio, y son consumidos por el cliente en el propio local.
¿Que está abierto un feriado irrenunciable?
Este 1 de enero tendremos el segundo feriado irrenunciable casi consecutivo, luego del que ya vivimos el pasado 25 de diciembre. Es importante saber sus alcances y por qué resulta importante respetar el descanso de los trabajadores. – En Chile existen actualmente 5 feriados que se consideran irrenunciables, el 1 de mayo, 18 y 19 de septiembre, 25 de diciembre, y el 1 de enero. Cómo ya nos encontramos ad portas de este último, es importante que conozca qué implica que sea irrenunciable y qué multas conlleva para el empleador no respetarlo.
Clubes Restaurantes Establecimientos de entretenimiento, tales como: cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets. Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos Casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados Establecimiento de venta de combustibles (conocidas como “bencineras” o “bombas de bencina”) Farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria. Tiendas de conveniencia asociada a establecimientos de venta de combustibles, es decir, aquellos lugares comerciales de venta directa al público ubicadas ubicados dentro del recinto de las bencineras, donde se elaboran y venden alimentos preparados en el mismo sitio, y son consumidos por el cliente en el propio local.
¿Dónde se puede denunciar el incumplimiento de esta normativa? En caso que un empleador no respete el feriado irrenunciable del trabajador, se puede realizar una denuncia a https://www.dt.gob.cl/, Si desea obtener más información, puede llamar al 600 450 4000 (centro de atención laboral de la Dirección del Trabajo).
- ¿A qué multas se expone quién no respete el feriado irrenunciable? Si no se respeta el feriado irrenunciable, el empleador o empleadora será sancionado con una multa de 5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) por cada trabajadora o trabajador afectado.
- En caso de tener 50 o más trabajadores o trabajadoras, la multa ascenderá a 10 UTM por cada empleada o empleado afectado.
Y si tiene contratados 200 o más trabajadores o trabajadoras, la multa será de 20 UTM. ¡Importante considerar!: Los empleadores y empleadoras no podrán considerar el día de feriado irrenunciable como reemplazo de uno de los siete domingos libres anuales.
Los trabajadores y trabajadoras que excepcionalmente sí pueden trabajar durante un feriado irrenunciable podrán cada dos años (siempre que mantengan el mismo empleador o empleadora) pedir el feriado irrenunciable, pudiendo pactar con su jefatura la rotación del personal necesario para este fin. Asimismo, un negocio puede abrir un día de feriado irrenunciable, siempre que la atención sea efectuada por su dueño o dueña.
En todo caso, los trabajadores de comercio excluidos del descanso en días de feriados irrenunciables, tendrán derecho a estos descansos, una vez cada dos años respecto de un mismo empleador, es decir, un año por medio. Es importante destacar que si bien el 2 de enero también es feriado, dicho día no es feriado irrenunciable, solo el 1 de enero.
¿Dónde es festivo 2 enero 2023?
Este año se da la casualidad de que tanto el día de Navidad (25 de diciembre) como el de Año Nuevo (1 de enero) caen en domingo. En el caso del Día de Navidad, la mayoría de comunidades trasladaron el festivo al lunes 26 de diciembre. Sin embargo, el 1 de enero ha sido negociable este año.
¿Cómo se paga el día 1 de enero?
Si trabajas este 1 de enero tu patrón debe pagarte un salario doble por laborar además del sueldo que te corresponde por ser un día de descanso obligatorio. – Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo | 01 de enero de 2022 Tal y como lo señala el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, si acordaste con tu patrón laborar el 1 de enero, tienes el derecho de que se te pague los siguiente: 1. El día de descanso obligatorio 2. Un salario doble por tu jornada laboral.
¿Qué pasa si un feriado irrenunciable cae en día domingo?
No procede día adicional de descanso si coincide domingo con feriado irrenunciable Por medio del Ord. N°1999 del 23 de noviembre 2022 la Dirección del Trabajo señaló que la coincidencia de un domingo con un día declarado por ley como feriado irrenunciable, no genera para los trabajadores exceptuados del descanso dominical y en días festivos en virtud del numeral 7 del inciso 1° del artículo 38 del Código del Trabajo, un día adicional de descanso.
Indicó que el descanso compensatorio a que tienen derecho dichos trabajadores nace por el hecho de laborar efectivamente en días domingo y/o festivos, agregando que la coincidencia entre ambos no confiere a los involucrados el derecho a impetrar un día adicional de descanso, como tampoco, al pago de horas extraordinarias, teniendo presente que en tal caso habrán laborado un solo día que reúne el doble carácter de domingo y festivo.
En otros términos, conforme a la citada jurisprudencia, en la situación planteada corresponderá otorgar sólo un día de descanso compensatorio.
Agregó que al respecto debemos tener presente, en primer término, el objetivo perseguido por el legislador al establecer dicha disposición, el cual no es otro que evitar la vulneración de las normas que regulan el descanso semanal compensatorio de los trabajadores que laboran en un régimen exceptuado del descanso dominical y en días festivos, por la vía de hacerlo coincidir con alguno o algunos de los días declarados feriados irrenunciables.En efecto, tal práctica importaría privar a los trabajadores de un beneficio que expresamente les confiere la ley, subsumiéndolo con el derecho que les asiste de gozar de un descanso compensatorio por cada domingo y/o festivo laborado conforme al régimen de excepción en que laboran e implicaría una renuncia de derechos por parte de éstos, la cual, acorde a lo prescrito por el artículo 5º del Código del Trabajo, se encuentra prohibida en tanto se encuentre vigente la respectiva relación laboral.Armonizando todo lo expuesto en párrafos que anteceden, no cabe sino concluir que para los trabajadores exceptuados del descanso dominical y en días festivos en virtud del numeral 7 del artículo 38 del Código del Trabajo, la coincidencia de un domingo con un día declarado por ley como feriado irrenunciable no genera para éstos un día adicional de descanso.
: No procede día adicional de descanso si coincide domingo con feriado irrenunciable
¿Qué pasa si se trabaja un día feriado?
Las horas trabajadas en dichos días se pagarán como extraordinarias siempre que excedan de la jornada ordinaria semanal ‘.
¿Qué significa que no es irrenunciable?
Adj. Dicho de una cosa: A la que no se puede o no se debe renunciar.
¿Cuándo es feriado legal?
Feriados obligatorios e irrenunciables: Año Nuevo (1 de enero), Día del Trabajador (1 de mayo), Fiestas Patrias (18 y 19 de septiembre) y Navidad (25 de diciembre). El descanso dominical.
¿Qué locales trabajan el 1 de mayo?
Por estos días se vivirá un nuevo fin de semana largo, donde al sábado 29 y domingo 30 de abril se le sumará la jornada de descanso del feriado correspondiente al lunes 1 de mayo, al que el comercio deberá adecuar sus horarios de funcionamiento. Cabe recordar que la jornada corresponde al Día de los trabajadores o Día del trabajo, considerado como feriado irrenunciable,
De acuerdo a la legislación, pueden funcionar durante un feriado irrenunciable establecimientos como clubes, restaurantes, aeropuertos, casinos de juego, farmacias de urgencia, farmacias de turno, bencineras y dependientes de expendio de combustibles. A eso se suman los establecimientos dedicados al entretenimiento, como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, cabarets, además de locales comerciales en aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
También pueden funcionar los negocios, mientras sean atendidos por su dueño, Es por eso que lugares como malls y supermercados han informado de sus horarios de funcionamiento de cara al fin de semana largo, algunos de ellos también anticipándose a las compras por el Día de la madre, Revisa los horarios del comercio por el fin de semana largo. Foto referencial. Mall Plaza A través de sus redes sociales, la cadena de mall informó su funcionamiento especial por el feriado:
Lunes 1: tiendas cerradas, Entretención, gastronomía y servicios de delivery abiertos en horario normal.
Apumanque Para los próximos días, Apumanque comunicó los siguientes horarios de funcionamiento:
Sábado 29: abierto de 10:00 a 20:00 horas. Domingo 30: abierto de 11:00 a 20:00 horas. Lunes 1: cerrado.
Portal Según informaron, los mall tendrán el siguiente funcionamiento:
Domingo 30: tiendas y patio de comidas funcionando de 10:00 a 20:30 horas. Cine con horario normal. Lunes 1: tiendas y patio de comidas cerrados. Cine con horario normal.
Mall Marina El centro comercial viñamarino informó sus siguientes horarios diferenciados para los próximos días:
Domingo 30: Supermercados de 9:00 a 20:00 horas; Tiendas, Food Court, restaurantes y Chuck E Cheese’s de 11:00 a 20:00 horas; y Cinemark de 12:00 a 20:00 horas. Lunes 1: Chuck E Cheese’s abierto de 11:00 a 20:00 horas, Cinemark abierto de 12:00 a 22:30 horas, Tiendas, Food Court, restaurantes y supermercados cerrados.
Tottus El supermercado informó que se podrán realizar compras dentro de los siguientes horarios:
Domingo 30: cierre a las 19:00 horas en Tottus Express y Super. Otras tiendas cierran a las 18:30 horas. Lunes 1: todas las tiendas cerradas.
Jumbo En su sitio web, la cadena llama a planificar las compras del fin de semana considerando los siguientes horarios:
Domingo 30: atención hasta las 19:30 horas, Lunes 1: todos los locales cerrados,
Santa Isabel El supermercado comunicó en su página el siguiente funcionamiento para los próximos días:
Domingo 30: atención hasta las 19:30 horas, Lunes 1: todos los locales cerrados.
Unimarc La marca señala los siguientes cierre para el domingo y el día feriado. A través de su página web adelantan que las compras con despachos llegarán a partir del martes 2 de mayo.
Domingo 30: cierre a las 19:30 horas, Lunes 1: cerrado.
Líder En su sitio informan que todos los supermercados de la cadena estarán c errados el lunes 1 de mayo, por lo que tampoco se despacharán productos durante esa jornada.
¿Qué pasa si trabajo un día feriado en Chile?
¿Qué es un feriado irrenunciable? – Los feriados irrenunciables son aquellos feriados en los que un colaborador del sector del retail o comercio no debe trabajar por ningún motivo, ya sea porque se celebra alguna festividad nacional o internacional. Es importante mencionar que tampoco está permitido que un empleador pacte con sus colaboradores trabajar en estos días, ya que de hacerlo corre el riesgo de sanciones.
- Durante un feriado irrenunciable están cerrados supermercados, grandes tiendas o centros comerciales, siendo los únicos negocios que pueden abrir sus puertas aquellos que están siendo atendidos por sus propios dueños.
- Además, las industrias esenciales -como el agua o la luz- también se trabaja durante estas fechas.
Si la Dirección del Trabajo encuentra a una empresa trabajando durante un feriado irrenunciable, se ordenará a los colaboradores que abandonen el lugar de trabajo y la empresa será multada.
¿Qué pasa si no voy a trabajar el 25 de diciembre?
¿El 25 de diciembre se paga doble si trabajo? – El artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo establece que si se labora en en los días de descanso semanal o los días de descanso obligatorio, se le deberá pagar al trabajador un salario doble por el servicio prestado.