¿Cuánto es el monto del Bono Marzo 2023? – El Bono Marzo 2023 tiene un valor de $120.000 tras la aprobación del proyecto de ley que fue despachado esta tarde por el Congreso. El nuevo monto del Bono Marzo 2023 se completará a través de un segundo pago extraordinario con el valor que falta para completar la suma de $120.000.
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¿Cuánto es el monto del Bono Marzo?
Principales medidas aprobadas. Medida 1: el proyecto despachado implica la entrega extraordinaria de un segundo Aporte Familiar Permanente (también conocido como Bono Marzo), correspondiente a $60.000, que tiene por objetivo apoyar a las familias en este mes de alta carga económica.
¿Cuál es el monto del bono de Invierno?
Descripción – Es un beneficio no postulable de 60.000 pesos que se entrega, por una sola vez durante 2023, a quienes tengan 65 o más años de edad y que cumplan los requisitos. Este dinero no es tributable ni imponible, ni está sujeto a descuentos. Importante : quienes reciben más de una pensión no tienen derecho al bono, salvo si la suma de esas pensiones es igual o menor a 201.677 pesos (valor de una pensión mínima de vejez para mayores de 75 años).
- Pensionadas y reciban un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad, a la fecha de pago del beneficio, a cargo de:
- Instituto de Previsión Social.
- Instituto de Seguridad Laboral.
- Cajas de Previsión (Dipreca y Capredena).
- Mutualidades de Empleadores.
- Pensionadas del Sistema de AFP, siempre que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal,
- Pensionadas de una AFP o compañía de seguros que, adicionalmente, se encuentren percibiendo el Aporte Previsional Solidario de Vejez ( APSV ), cuyas pensiones previsionales sean inferiores o iguales al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad, a la fecha de pago del beneficio (correspondiente a $201.677, sin considerar el monto del APSV en ese cálculo).
- Beneficiarias de la Pensión Garantizada Universal ( PGU ), siempre que no tuvieran derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
- Pensionadas de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren recibiendo una PGU y cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad, a la fecha de pago del beneficio.
Importante, No son personas beneficiarias:
- Las pensionadas de la Ley Valech o sus respectivas parejas viudas ( Ley Nº 19.992 ).
- Titulares del Subsidio de Discapacidad, por no estar expresamente contemplados en la ley y por no cumplir el requisito de edad (el subsidio está dirigido a las personas menores de 18 años, según el artículo 35 de la Ley Nº 20.255 ).
- Titulares de indemnización del carbón ( artículos 11 y 12 de la Ley Nº 19.129 ), por no estar contemplados en la ley.
Este aporte extraordinario considera:
- Un pago de $60.000 a favor de las personas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 20 de la Ley Nº 21.526,
- Es de cargo fiscal, por lo que no constituirá remuneración o renta para ningún efecto legal y, en consecuencia, no será imponible ni tributable, y no estará afecto a descuento alguno.
- El Instituto de Previsión Social (IPS) conocerá y resolverá los reclamos relacionados con las materias de este aporte extraordinario, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Nº 19.880 y en las normas que imparta la Superintendencia de Pensiones (SP).
- Corresponderá a la Superintendencia de Pensiones la supervigilancia y fiscalización del otorgamiento y pago del aporte extraordinario establecido en esta ley.
- Quienes reciban indebidamente este aporte extraordinario deberán restituir las sumas percibidas, reajustadas de acuerdo con la variación que experimente el IPC.
- El plazo para reclamar por el no otorgamiento del aporte extraordinario establecido en esta ley será de un año, contado desde el mes en que debió haberse recibido. En tanto, el plazo para el cobro del bono será de nueve meses, contado desde la emisión de pago.
– Instrucciones Trámite en línea
- Haga clic en “Revise si es beneficiario”.
- Una vez en el sitio web del IPS, ingrese su RUN y fecha de nacimiento, y presione “Consultar”.
- Como resultado, sabrá si le corresponde el beneficio.
– Instrucciones Trámite en Sucursal – Instrucciones contacto telefónico – Instrucciones trámite por Email – Instrucciones trámite en el Consulado Ley N° 21.526, Ley Nº 21.584, del Ministerio de Hacienda, que establece un aporte extraordinario para incrementar el Bono Invierno 2023.
¿Cuánto se cobra el segundo bono?
Bono de ANSES: confirman la fecha de pago de la segunda cuota 9 de junio 2023 – 00:00 Getty Images La Administración Nacional de la Seguridad Social pagará el 10 de julio el segundo monto del bono de a algunos jubilados y pensionados. Por otro lado, este mes la jubilación aumento un por la Ley de Movilidad y todos los pensionados y percibirán la mitad del aguinaldo en la primera parte del Salario Anual Complementario (SAC),
$15.000 en junio. $17.000 en julio. $20.000 en agosto.
Los extras se entregan en concepto de Refuerzo de Ingresos a titulares de jubilaciones, pensiones y Pensiones No Contributivas (PNC) por Invalidez y para Madres de 7 hijos o más, anses-foto-dos.jpg El único requisito para cobrar el bono de $17.000 en julio es percibir un haber mínimo. En tanto, para quienes cobren más, habrá un bono variable que decrecerá hasta llegar a los $5.000, que lo recibirán los titulares con hasta dos haberes mínimos. Se acreditará en la misma fecha y lugar de cobro que los haberes mensuales de manera automática, es decir que no se precisa una inscripción previa.
¿Cuánto es el segundo bono?
¿De cuánto es el monto del Segundo Bono Especial junio 2023? – El Bono Victoria de Carabobo tiene un valor de 110 bolívares, equivalentes a 4,03 dólares, según el tipo de cambio del Banco Central de Venezuela (BCV).
¿Cuál es el monto del Aporte Familiar Permanente 2023?
Les corresponde un aporte extraordinario de $60.000 por familia.