Chileatiende – IFE Laboral Apoya El IFE Laboral es un incentivo para que los trabajadores y trabajadoras se empleen formalmente, otorgándoles directamente un beneficio mensual por la relación laboral que se inicia (nuevo contrato de trabajo), Este beneficio se entrega directamente al trabajador, siempre que su remuneración bruta mensual no exceda de 3 Ingresos Mínimos Mensuales (actualmente $1.320.000 al 1 de mayo del 2023).
Hombres entre 24 y 55 años :
Periodos de remuneración desde julio de 2022 a marzo 2023 : 25% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $100.000 mensuales.
Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez :
Periodos de remuneración desde julio de 2022 a junio de 2023 : 60% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $300.000 mensuales.
Este beneficio es compatible con el, el, el y el, Postulación: Finalizada el 30 de junio del 2023. Trabajadoras y trabajadores que inicien una nueva relación laboral, con contrato de trabajo. Para acceder se deben cumplir con los siguientes requisitos :
Tener un nuevo contrato de trabajo (en el mes en curso o máximo el mes anterior a la postulación). Para esto, Sence revisará que no registre cotizaciones de pensión y/o salud en los tres meses previos por el mismo empleador por el que postula a este beneficio. Tener una remuneración mensual bruta menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.320.000 al 1 de mayo del 2023). Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo.
Algunos ejemplos de tipo de contrato de trabajo formal : indefinido, a plazo fijo, por obra o faena determinada, de temporada o part-time. Importante :
Por estar “cesante” se entiende que la persona que postula al beneficio no debe haber estado trabajando, con contrato de trabajo, en el mes anterior al de postulación al IFE Laboral. Como “nueva relación laboral” se entiende toda relación de trabajo dependiente y subordinada entre un trabajador o trabajadora y un nuevo empleador que se formaliza mediante un contrato de trabajo. Para verificar lo anterior, Sence revisará al momento de la postulación:
Que la persona postulante no registre cotizaciones previsionales en el mes anterior al de inicio del contrato de trabajo. Que la persona postulante no registre cotizaciones previsionales en los tres meses anteriores al de inicio del contrato de trabajo con el mismo empleador por el cual postula al beneficio (mismo empleador o empleadora).
Restricciones para acceder al beneficio :
Las personas que no hayan estado cesantes antes de haber comenzado el nuevo contrato de trabajo por el que postulan al beneficio. Las personas que estén gozando de licencia médica (incluye pre y posnatal) al momento de su postulación. Las personas que ya hayan recibido el beneficio por una postulación previa.
Mes de postulación y meses de pago : Postulación en febrero 2023 :
Nuevo contrato: entre el 1 de enero de 2023 y 28 de febrero de 2023. Fecha de pago: desde el 7 de abril de 2023 (3 pagos).
Postulación en marzo 2023 :
Nuevo contrato: entre el 1 de febrero de 2023 y 31 de marzo de 2023. Fecha de pago: desde el 10 de mayo de 2023 (3 pagos).
Postulación en abril 2023 :
Nuevo contrato: entre el 1 de marzo de 2023 y 30 de abril de 2023. Fecha de pago: desde el 7 de junio de 2023 (3 pagos).
Postulación en mayo 2023 :
Nuevo contrato: entre el 1 de abril de 2023 y 31 de mayo de 2023. Fecha de pago: desde el 7 de julio de 2023 (2 pagos).
Postulación en junio 2023 :
Nuevo contrato: entre el 1 de mayo de 2023 y 30 de junio de 2023. Fecha de pago: desde el 7 de agosto de 2023 (un pago).
Tener, Tener un contrato de trabajo formal que haya comenzado en el mes que corresponda a la postulación o el inmediatamente anterior. Por ejemplo: para la postulación en abril, los contratos pueden haber iniciado entre el 1 de abril y el 31 de mayo de 2023. Puede estar en formato JPG, JPEG, GIF, DOC, DOCX, PDF, EPUB o PNG.
: Chileatiende – IFE Laboral Apoya
Contents
¿Cuánto es el monto del IFE laboral en 2023?
¿Cuál es el monto del bono? El IFE Laboral entrega los siguientes montos: Hombres entre 24 y 55 años: Periodos de remuneración desde julio de 2022 a marzo 2023: 25% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $100.000 mensuales.
¿Cuándo son los pagos del IFE laboral 2023?
¿Qué día pagan el IFE Laboral de julio 2023? – Las son las siguientes:
A partir del 7 julio: Las personas que postularon en marzo, recibirán el dinero (tercer y último pago), abril (segundo pago) y mayo (primer pago). A partir del 7 agosto : Reciben el dinero quienes postularon en abril (tercer y último pago), mayo (segundo y último pago) y junio (primer y único pago).
¿Cuál es el monto del IFE laboral?
Dado que el 25% de tus ingreso supera el tope, recibirás el monto máximo de $100.000.
¿Cómo saber si me toca el IFE Laboral 2023?
¿Cuáles son los requisitos del beneficio? – Los requisitos que exige el son los siguientes:
Tener un nuevo contrato de trabajo durante el mes en curso a la postulación. Tener una remuneración mensual bruta imponible menor o igual a tres ingresos mínimos mensuales ($1.230.000) Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo.
: ¿Cómo saber si soy beneficiario del IFE Laboral? Conoce si tienes el bono para trabajadores
¿Cómo puedo postular al IFE de invierno?
Bono de Invierno Es un beneficio no postulable de 74.767 pesos que se entrega por una sola vez a quienes tengan 65 o más años de edad y que cumplan los requisitos. El dinero del bono:
- No es tributable ni imponible, ni está sujeto a descuentos.
- El beneficio se paga junto con la pensión correspondiente a mayo.
Para todos los efectos del Bono de Invierno, no se considerará como parte de la respectiva pensión el monto que la persona pensionada perciba por concepto de ni la, Importante : quienes reciben más de una pensión no tienen derecho al bono, salvo si la suma de esas pensiones es igual o menor a 201.677 pesos (valor de una para mayores de 75 años).
- Pensionados cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio y que sean de:
- Instituto de Previsión Social.
- Instituto de Seguridad Laboral.
- Cajas de Previsión (Dipreca y Capredena).
- Mutualidades de Empleadores.
- Pensionados del sistema establecido en el (1980), que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con,
- Pensionados del Sistema de Pensiones de Vejez (1980) que se encuentren recibiendo un Aporte Previsional Solidario de Vejez (), cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.
- Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (), siempre que no tuvieran derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
- Pensionados de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren recibiendo una PGU y cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.
Importante, No son personas beneficiarias del Bono de Invierno:
- Pensionados del artículo 1 y pensionadas de viudez de la Ley Valech ().
- Titulares del, por no estar expresamente contemplados en la ley y por no cumplir el requisito de edad (el subsidio está dirigido a las personas menores de 18 años, según el artículo 35 de la ).
- Titulares de indemnización del carbón (artículos 11 y 12 de la, por no estar contemplados en la ley. Si estos titulares reciben alguna otra pensión, tampoco pueden recibir el Bono de Invierno, a pesar de que sumen menos del tope estipulado.
Nada, porque se le depositará junto a su pago mensual. Si lo pide de forma presencial, deberá llevar su cédula de identidad (para cobrar su pensión, en la que vendrá el pago del bono). – Instrucciones Trámite en línea – Instrucciones Trámite en Sucursal Solamente para consultar si es beneficiario :
- Diríjase a una,
- Explique el motivo de su visita: consultar si es beneficiario del Bono de Invierno.
- Muestre su cédula de identidad.
- Como resultado del trámite, habrá consultado si es beneficiario del Bono de Invierno, cuya respuesta podrá obtener inmediatamente.
– Instrucciones contacto telefónico Solamente para consultar si es beneficiario :
- Llame al 101 en,
- Explique el motivo de su consulta: saber si es beneficiario del Bono de Invierno.
- Indique el número de su cédula de identidad (RUN).
- Como resultado del trámite, habrá consultado si es beneficiario del Bono de Invierno, cuya respuesta podrá obtener inmediatamente.
– Instrucciones trámite por Email – Instrucciones trámite en el Consulado
- Artículo 20 de la,
- Artículo 5 de la,
: Bono de Invierno
¿Quién puede optar al IFE laboral?
IFE Laboral Apoya El IFE Laboral es un incentivo para que los trabajadores y trabajadoras se empleen formalmente, otorgándoles directamente un beneficio mensual por la relación laboral que se inicia (nuevo contrato de trabajo), Este beneficio se entrega directamente al trabajador, siempre que su remuneración bruta mensual no exceda de 3 Ingresos Mínimos Mensuales (actualmente $1.320.000 al 1 de mayo del 2023).
Hombres entre 24 y 55 años :
Periodos de remuneración desde julio de 2022 a marzo 2023 : 25% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $100.000 mensuales.
Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez :
Periodos de remuneración desde julio de 2022 a junio de 2023 : 60% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $300.000 mensuales.
Este beneficio es compatible con el, el, el y el, Postulación: Finalizada el 30 de junio del 2023. Trabajadoras y trabajadores que inicien una nueva relación laboral, con contrato de trabajo. Para acceder se deben cumplir con los siguientes requisitos :
Tener un nuevo contrato de trabajo (en el mes en curso o máximo el mes anterior a la postulación). Para esto, Sence revisará que no registre cotizaciones de pensión y/o salud en los tres meses previos por el mismo empleador por el que postula a este beneficio. Tener una remuneración mensual bruta menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.320.000 al 1 de mayo del 2023). Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo.
Algunos ejemplos de tipo de contrato de trabajo formal : indefinido, a plazo fijo, por obra o faena determinada, de temporada o part-time. Importante :
Por estar “cesante” se entiende que la persona que postula al beneficio no debe haber estado trabajando, con contrato de trabajo, en el mes anterior al de postulación al IFE Laboral. Como “nueva relación laboral” se entiende toda relación de trabajo dependiente y subordinada entre un trabajador o trabajadora y un nuevo empleador que se formaliza mediante un contrato de trabajo. Para verificar lo anterior, Sence revisará al momento de la postulación:
Que la persona postulante no registre cotizaciones previsionales en el mes anterior al de inicio del contrato de trabajo. Que la persona postulante no registre cotizaciones previsionales en los tres meses anteriores al de inicio del contrato de trabajo con el mismo empleador por el cual postula al beneficio (mismo empleador o empleadora).
Restricciones para acceder al beneficio :
Las personas que no hayan estado cesantes antes de haber comenzado el nuevo contrato de trabajo por el que postulan al beneficio. Las personas que estén gozando de licencia médica (incluye pre y posnatal) al momento de su postulación. Las personas que ya hayan recibido el beneficio por una postulación previa.
Mes de postulación y meses de pago : Postulación en febrero 2023 :
Nuevo contrato: entre el 1 de enero de 2023 y 28 de febrero de 2023. Fecha de pago: desde el 7 de abril de 2023 (3 pagos).
Postulación en marzo 2023 :
Nuevo contrato: entre el 1 de febrero de 2023 y 31 de marzo de 2023. Fecha de pago: desde el 10 de mayo de 2023 (3 pagos).
Postulación en abril 2023 :
Nuevo contrato: entre el 1 de marzo de 2023 y 30 de abril de 2023. Fecha de pago: desde el 7 de junio de 2023 (3 pagos).
Postulación en mayo 2023 :
Nuevo contrato: entre el 1 de abril de 2023 y 31 de mayo de 2023. Fecha de pago: desde el 7 de julio de 2023 (2 pagos).
Postulación en junio 2023 :
Nuevo contrato: entre el 1 de mayo de 2023 y 30 de junio de 2023. Fecha de pago: desde el 7 de agosto de 2023 (un pago).
Tener, Tener un contrato de trabajo formal que haya comenzado en el mes que corresponda a la postulación o el inmediatamente anterior. Por ejemplo: para la postulación en abril, los contratos pueden haber iniciado entre el 1 de abril y el 31 de mayo de 2023. Puede estar en formato JPG, JPEG, GIF, DOC, DOCX, PDF, EPUB o PNG.
: IFE Laboral Apoya
¿Cómo saber si soy beneficiario del bono de 600 soles 2023?
➤ ¿Cuáles son los requisitos para recibir el bono de S/600? – Según el acta firmada entre los sindicatos del sector público y el Gobierno, para acceder al pago del bono de S/600, los beneficiarios deben cumplir estas condiciones:
En el caso de las entidades del gobierno nacional y regionales, deben tener un vínculo laboral al 30 de junio del 2023. Además, el personal beneficiario debe estar inscrita en el Registro Centralizado de Planillas de Datos y de los Recursos Humanos del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Por su parte, los trabajadores municipales deben figurar en la Planilla Electrónica (PDT Plamee) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) y tener un vínculo laboral al 30 de junio de este año.