Si este año quedaste seleccionado/a con el Crédito con Garantía Estatal (Crédito CAE) y necesitas el financiamiento para tus estudios, ahora tienes plazo HASTA EL VIERNES 28 DE JULIO 2023 para firmar la documentación legal. Revisa qué puntos de atención seguirán abiertos para realizar ese trámite AQUÍ.
Contents
¿Cuándo se debe postular al CAE 2023?
Crédito con Garantía Estatal, CAE (postulación) : – Revisa más sobre
- Permite a estudiantes acceder a financiamiento para iniciar o continuar una carrera de pregrado en alguna institución acreditada, que forme parte del Sistema de Crédito para Estudios Superiores.
- El Crédito con Garantía Estatal se otorga en Unidades de Fomento (UF) con una tasa de interés fija del 2%, se asigna para todos los años que dure la carrera, incluye el seguro de desgravamen e invalidez (sin costo para el beneficiario) y no requiere un aval familiar, ni existe obligación de pago mientras dure la carrera.
- Al momento de comenzar a pagarlo, puede solicitar que las o,
- Importante : y obtén más información sobre:
El plazo para postular a los Beneficios Estudiantiles del Estado (incluido el Crédito CAE), para el Año Académico 2023, finalizó el jueves 23 de marzo 2023, Para el 2024, la postulación se realizará entre octubre y noviembre 2023. Si solicitaste beneficios estudiantiles del Estado para el año académico 2023, ya sea en octubre o noviembre del 2022 o en febrero o marzo del 2023, puedes ver el resultado de tu postulación al Crédito con Garantía Estatal (Crédito CAE) en de ingresa.cl,
- Estudiantes con necesidades de apoyo financiero para iniciar o continuar una carrera en alguna, y que cumplan los siguientes requisitos:
- Para alumnos que ingresarán a primer año en 2023 :
- De acuerdo con el nuevo Reglamento de la Ley Nº 20.027, los siguientes son los requisitos académicos para postulantes al Crédito CAE que ingresarán a primer año en 2023:
- En una universidad o escuela matriz de las FF.AA. : un puntaje igual o superior a 485 puntos en el promedio de las pruebas obligatorias (es decir, Competencia Lectora/Comprensión Lectora y Competencia Matemática 1/Matemática), considerando, para estos efectos, el mejor puntaje de cada evaluación, ya sea en la Prueba de Acceso a la Educación Superior (PAES) rendida en noviembre 2022; en la Prueba de Transición (PDT) de Invierno, rendida en julio 2022; o bien, en la PDT de 2021.
- Los estudiantes ciegos; quienes hayan cursado los dos últimos años de escolaridad en el extranjero o quienes hayan obtenido la Beca Excelencia Académica, quedarán eximidos de este requisito y, en consecuencia, podrán financiar una carrera universitaria desde primer año, con el Crédito CAE, siempre que acrediten un promedio de notas de enseñanza media (NEM) igual o superior a 5,29.
- En un centro de formación técnica o instituto profesional : un promedio de notas de enseñanza media (NEM) igual o superior a 5,29, o bien, un puntaje igual o superior a 485 puntos en el promedio de las pruebas obligatorias (es decir, Competencia Lectora/Comprensión Lectora y Competencia Matemática 1/Matemática), considerando, para estos efectos, el mejor puntaje de cada evaluación, ya sea en la Prueba de Acceso a la Educación Superior (PAES) rendida en noviembre 2022; en la Prueba de Transición (PDT) de Invierno, rendida en julio 2022; o bien, en la PDT de 2021.
- Para alumnos y alumnas que ya están en la educación superior :
- Acreditar la aprobación del 70% del total de créditos o cursos inscritos en los últimos dos semestres cursados y concluidos (o año, en el caso de carreras anuales).
- Si al momento de la postulación, el o la estudiante ha cursado y concluido solo un semestre en su institución, ese porcentaje se calculará respecto del total de cursos o créditos inscritos en dicho semestre.
- Importante :
A los alumnos y alumnas que tengan la no se les exigirá el requisito de la Prueba de Transición, para cursar una carrera universitaria desde primer año. Tampoco será exigible a estudiantes con discapacidad visual y a los que cursaron a lo menos los últimos dos años de enseñanza media en el extranjero. En cualquiera de esos, los postulantes sí deberán acreditar un promedio mínimo de 5,29 en la educación media.
Para aceptar alumnos con este crédito, las instituciones de educación superior pueden exigir requisitos adicionales a los requeridos como mínimos por ley (, y ). El beneficio se extiende por la totalidad de los años que dure la carrera. Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs.
¿Cuántas veces se renueva el CAE?
Permite renovar el financiamiento para continuar una carrera de pregrado en instituciones de educación superior acreditadas. Como el Crédito con Garantía Estatal (también conocido como CAE ), una vez asignado, se extiende por toda la carrera, no se debe postular cada año.
- Sin embargo, los estudiantes deben renovar anualmente el beneficio, solicitando el monto que van a requerir para el siguiente año académico,
- Obtén más información, revisa las preguntas frecuentes, y conoce la oferta de becas, créditos y otros beneficios para acceder a la educación superior,
- Recuerda que debes revisar ese resultado cualquiera sea tu condición de beneficiario o beneficiaria CAE (egresados; alumnos con cambios de carrera o institución; con estudios congelados; estudiante que pidió “monto cero”; etc.).
Si no completaste y enviaste la solicitud de monto 2023 en los plazos establecidos e informados hasta esta fecha, ten presente que el último plazo excepcional para hacerlo será entre el 1 y el 20 de agosto de 2023. Contacta para eso al área de ayudas estudiantiles de tu institución.
- Si tampoco indicas qué monto requieres para este 2023, tu Crédito CAE no podrá ser renovado, aunque cumplas con las exigencias académicas para utilizarlo.
- En tal caso, deberás pactar, directamente con tu casa de estudio, otra forma de pago del arancel anual de tu carrera.
- El lunes 5 de junio 2023, Comisión Ingresa publicó los mensajes personalizados de cada beneficiario y beneficiaria, detallando su situación 2023 con el Crédito CAE.
Estudiantes que ya cuentan con el Crédito con Garantía Estatal que cumplan los siguientes requisitos:
- Mantener su calidad de alumno regular en una institución acreditada y partícipe del sistema de crédito para estudios superiores.
- Cumplir con los requisitos académicos internos que exige su propia casa de estudios, para conservar el derecho a solicitar financiamiento.
La renovación consta de dos pasos:
- Registrar matrícula : la institución educacional comunica a Comisión Ingresa que aceptó matricular al estudiante nuevamente con derecho al beneficio, acreditando que cumple con los requisitos académicos que exige para estos efectos ( revisa las exigencias que establecieron las instituciones para la Renovación CAE del año 2023 ). Cada institución es autónoma para fijar plazos y procedimientos de matrícula para sus estudiantes. Consulta esa información en el área de ayudas estudiantiles de tu casa de estudios.
- Solicitar el monto requerido : completando y enviando el formulario respectivo que está disponible en el Portal del Beneficiario de la Comisión Ingresa, durante el período de renovación.
Puedes pedir:
- El 100% del arancel de referencia de tu carrera.
- Un monto específico superior a $200 mil anual e inferior al arancel de referencia de tu carrera/institución (deberá digitar ese monto).
- “Monto cero”, en caso de que no requieras financiamiento.
Podrás modificar tu solicitud de monto las veces que sea necesario (dentro del período establecido). El último formulario que envíes será el válido para la renovación de su CAE. El beneficio se extiende por todos los años que dure la carrera. – Instrucciones Trámite en línea
- Haz clic en “Ir al trámite en línea”.
- Una vez en el sitio web de Comisión Ingresa, escribe tu RUT y su ClaveÚnica, o clave de Ingresa, y haga clic en “Ingresar”. Si no estás registrado, crea una cuenta,
- Haz clic en “solicitar monto”.
- Lee las condiciones de la renovación, haz clic en “Aceptar” y, luego, en “Continuar”.
- En el formulario, indica el monto que requerirás para el arancel anual de tu carrera.
- Haz clic en “Enviar” (imprime o guarda el comprobante que acredita la realización del trámite).
- Como resultado del trámite, habrás solicitado el monto de tu Crédito CAE para el siguiente año académico.
Para consultas llame al 600 901 1000 o al +56 2 271 20 610 (de lunes a viernes, de 9:00 a 19:00 horas). – Instrucciones Trámite en Sucursal – Instrucciones contacto telefónico – Instrucciones trámite por Email – Instrucciones trámite en el Consulado
¿Qué pasa si no renuevo el CAE?
CÓMO ESTUDIAR CON CAE – RENOVACIÓN ANUAL – El Crédito cubre la malla curricular completa de la carrera. Por lo tanto, no necesitas postular para el siguiente año académico. Sin embargo, como el financiamiento es anual, lo que deberás hacer cada año es renovar el Crédito, matriculándote en tu institución, con derecho al CAE, y detallando el monto que vas a requerir para el arancel de tu carrera, a través de un formulario electrónico que está disponible en la sección ” Mi Crédito CAE ” de www.ingresa.cl Tu Crédito CAE podrá ser renovado para el Año Académico 2023, en la medida que:
- Hayas completado y enviado el Formulario de Solicitud de Monto, en la sección ” Mi Crédito CAE “. Si NO realizaste este trámite en los plazos establecidos e informados hasta esta fecha, ten presente que el último plazo excepcional para hacerlo será DESDE EL 01 AL 20 DE AGOSTO 2023, Contacta para eso al Área de Ayudas Estudiantiles de tu institución,
- Si NO indicas qué monto requieres para este 2023, tu Crédito CAE no podrá ser renovado, aunque cumplas con las exigencias académicas para utilizarlo (dictamen de la Contraloría General de la República, del 27 de abril 2017).
- Te hayas matriculado en los plazos determinados por tu institución, cumpliendo las exigencias académicas que pudiese tener para permitir que mantengas el Crédito CAE. Revisa las exigencias establecidas por las instituciones para la Renovación CAE del Año Académico 2023, AQUÍ.
¡PRESTA ATENCIÓN ! Debes revisar anualmente tu situación de beneficiario/a CAE, en el mes de mayo, cualquiera sea tu condición (renovante del Crédito, egresado/a; alumno/a con cambios de carrera/institución; o con estudios congelados; estudiante que pidió “monto cero”; etc.), AQUÍ,
- Para definir el monto que vas a necesitar, ten presente que del valor anual que te cobrará la institución por tu carrera en 2023, Comisión Ingresa descontará otras ayudas que podría asignarte el Ministerio de Educación para el pago del arancel (como becas y el Crédito Fondo Solidario).
- La diferencia, la podrás complementar con el Crédito CAE hasta por un monto máximo equivalente al 100% del Arancel de Referencia de la carrera.
Si el Ministerio de Educación te otorga la gratuidad, no te será asignado el Crédito CAE. Para conocer el valor anual que te cobrará tu institución, contacta al Área de Finanzas y/o de Ayudas Estudiantiles de tu sede. La Ley establece que debes mantenerte como alumno regular de tu institución de educación superior.
Sin embargo, cada casa de estudios puede establecer exigencias académicas adicionales para renovar anualmente este Crédito, siempre que estén incorporadas en algún reglamento oficial de la institución que sea conocido por los estudiantes. Revisa si tu institución de estudios tiene requisitos propios para autorizar la renovación del CAE para el año 2023.
Sí. La Ley N° 20.027 establece que los beneficiarios extranjeros podrán financiar sus carreras con el Crédito, en la medida que siga vigente su residencia definitiva en Chile. Para acreditar el cumplimiento de ese requisito, en el período de renovación del CAE, deberás presentar en tu institución un Certificado de Residencia Definitiva vigente, emitido por la Policía de Investigaciones de Chile (PDI).
- 3 años adicionales a la malla curricular de tu carrera, si cursas un programa de estudios conducente al grado de licenciado. Por ejemplo, si tu carrera dura 5 años, podrás solicitar el CAE hasta por 8 años.
- 2 años más, si estudias una carrera profesional sin licenciatura.
- 1 año más, si estudias una carrera técnica.
¡IMPORTANTE! Cada año adicional representa un nuevo desembolso de Crédito, lo que incrementará el saldo total de tu deuda y la cuota que deberás pagar. Sí, pero sólo una vez. El cambio de carrera y/o institución se contabilizará, para efectos del Crédito, únicamente si el beneficiario efectivamente utiliza el financiamiento en la nueva carrera/institución. Para trasladar tu Crédito CAE:
- Deberás matricularte antes de marzo del año subsiguiente a aquél en que abandonaste tu carrera/institución; de lo contrario, Comisión Ingresa declarará tu deserción académica por cumplir dos años consecutivos sin matrícula (según Ley N° 20.027 y su reglamento).
- Tendrás que elegir una institución acreditada y participante del Sistema de Crédito.
- Deberás asegurarte que has sido aceptado en la nueva carrera/institución con derecho a utilizar el Crédito CAE como forma de financiamiento.
- Si te matricularás en primer año de una carrera universitaria, revisa los requisitos académicos que deberás acreditar a partir de este año 2023.
¡Atención! Si bien la ley permite un único cambio, en las siguientes situaciones, podrás solicitar autorización para un segundo traslado de tu Crédito CAE:
- Revocación del reconocimiento oficial de una carrera o institución de educación superior;
- Pérdida de acreditación institucional; o bien,
- Otro motivo de fuerza mayor previamente calificado por la Comisión.
Comisión Ingresa recibirá solicitudes para realizar un segundo cambio de carrera/institución en el año 2023, manteniendo el Crédito CAE, HASTA EL VIERNES 18 DE AGOSTO 2023, El Crédito se otorga para financiar el arancel anual de una carrera, en función de la matrícula registrada en marzo/abril.
- Si te cambias en el segundo semestre, no será posible cubrir ese período con el CAE.
- Sin embargo, en la medida que cumplas con las exigencias de renovación en la nueva carrera/institución, podrás contar con el financiamiento a partir del siguiente año académico.1.
- Podrás hacer continuidad de estudios con el mismo crédito, si no ha sido registrado, en el Sistema del CAE, tu egreso de la primera carrera que estudiaste con el crédito, y siempre que la segunda carrera que te interese estudiar sea de la misma área de conocimiento y de mayor rango académico que la anterior (por ejemplo, de Técnico en Enfermería a Enfermería).
Si es tu caso, deberás asegurarte de que la institución donde cursarás la segunda carrera, te registre en el Sistema del CAE como renovante con continuidad de estudios (contacta para esto al Área de Ayudas Estudiantiles de la institución en la que harás la continuidad).2.
- Si el egreso fue registrado a partir de enero 2022, NO necesitarás postular a ese segundo crédito. En tal caso, solicita al Área de Ayudas Estudiantiles de la nueva institución, que te registren en el Sistema CAE como “beneficiario con continuidad de estudios”, durante el proceso de renovación.
- Si el egreso fue registrado antes de enero 2022, tendrás que postular a un segundo crédito.
¡ATENCIÓN! Si haces la continuidad de estudios con un segundo Crédito CAE (ya sea con o sin postulación), recuerda que:
- Tendrás que firmar un nuevo contrato, en el banco asignado por Comisión Ingresa.
- Para obtener ese segundo Crédito y conservarlo en la etapa de estudio, deberás estar y mantenerte al día en el pago de tus cuotas, si ya las estás pagando. Por eso, infórmate sobre los beneficios que te apoyarán en el pago de la deuda,
Si durante dos procesos de matrícula consecutivos (en marzo de cada año), Comisión Ingresa no recibe información de que hayas retomado los estudios en alguna institución participante del Sistema de Crédito, se declarará tu deserción académica (abandono de estudios).
- Tienes una enfermedad grave temporal;
- Sufriste un accidente invalidante; o bien,
- Hay otra causal de fuerza mayor que te obligue a abandonar tus estudios por más tiempo.
Para pedir que se extienda la suspensión, digita tu RUT y contraseña en el Sistema de Atención de Consultas, y adjunta una carta, con tus datos personales y de contacto, dirigida a: Sr. Tomás Bayón Z. Director Ejecutivo Comisión Ingresa En la carta, recuerda explicar la razón de fuerza mayor que impide que puedas retomar los estudios y adjunta asimismo los documentos que acrediten esa circunstancia.
- ¡ATENCIÓN! Comisión Ingresa recibirá solicitudes para suspender excepcionalmente el Crédito CAE, por un año adicional, HASTA EL VIERNES 18 DE AGOSTO 2023 Puedes revisar el estado de tu Crédito, AQUÍ,
- Eso depende de las cláusulas del contrato que firmaste con tu institución de educación superior.
- Si la política de tu casa de estudios es cobrar todo el año, aunque te retires, el crédito se imputará al pago del arancel anual de tu carrera.
En cambio, si la política es devolver o no cobrar los meses en que no se prestó el servicio educativo, el monto del Crédito que no utilizarás deberá ser devuelto al banco por medio de un prepago. Podrás seguir renovando el Crédito hasta el término de tu carrera en dicha casa de estudios; sin embargo, la institución ya no podrá admitir nuevos beneficiarios del CAE y tampoco podrás cambiarte a otro plan de estudios impartido en ella.
No. El reglamento que rige el Crédito establece que ante situaciones que el estudiante no pueda controlar, como la revocación del reconocimiento oficial de una carrera o institución, u otro motivo de fuerza mayor previamente calificada por Comisión Ingresa, NO se le contabilizará al beneficiario el cambio de carrera o de institución que haya realizado.
Si es tu situación, debes enviar una solicitud formal al Director Ejecutivo de Comisión Ingresa, Sr. Tomás Bayón, a través del Sistema de Atención de Consultas de www.ingresa.cl Sí. Comisión Ingresa ha determinado que la pérdida de acreditación de una casa de estudios es una causal de fuerza mayor que permite un segundo cambio.
¿Cuando se termina el CAE?
PAGO DEL CRÉDITO – FORMA DE PAGO – Los plazos máximos para pagar el Crédito son:
10, 15 ó 20 años, si egresas de tu carrera;y 5, 7 años y medio y hasta 10 años, si desertas (abandonas los estudios).
El plazo dependerá de la duración de tu carrera, el nivel de estudios que hayas tenido cuando se te otorgó el CAE y el monto total de crédito que adeudarás. A menor monto, menor plazo para pagar. Sí, a través de prepagos (pagos anticipados), los que deben ser de un monto no inferior al 10% del saldo capital adeudado, incluyendo intereses y comisiones. Si el prepago lo realizas cuando ya se esté cobrando el Crédito, podrás optar entre dos alternativas para pagar el resto del financiamiento:
Achicar el valor de tu cuota y mantener el plazo de pago; o bien, Acortar el plazo de la deuda y seguir pagando la misma cuota.
Podrás hacer los prepagos que quieras y cuando quieras, hasta extinguir tu deuda. Más información AQUÍ Sí. A partir del momento en que el Crédito es transferido por el banco a tu institución, puedes pagar voluntariamente los intereses mensuales que genere, evitando que se sumen a tu deuda.
Si terminaste la malla curricular de tu carrera, el cobro de las cuotas comenzará 18 meses después de la fecha de egreso que registre tu institución en el Sistema del CAE. Por ejemplo, si egresaste en julio 2021, tu primera cuota será la de febrero 2023. IMPORTANTE: egreso no es lo mismo que titulación. Lo que se considera para efectos del inicio del pago del Crédito CAE es el egreso (es decir, cuando terminas los ramos de la malla curricular de tu carrera). Si cumpliste dos años consecutivos sin matrícula en alguna institución participante del Sistema de Crédito, entonces el cobro del financiamiento que hayas utilizado hasta la fecha, comenzará en noviembre de tu segundo año sin estudiar; y en tal caso, el plazo de pago originalmente establecido, se reducirá a la mitad. Revisa cuándo se iniciará el cobro de tu deuda, digitando tu RUT AQUÍ ; o bien, escribe al Sistema de Atención de Consultas,
Si ya egresaste de tu carrera en 2020, o bien, este año 2021 cumpliste dos años consecutivos sin estudiar, revisa cuándo parte el cobro de tu deuda, digitando tu RUT en https://resultadorenovacioncae.ingresa.cl/ Si egresaste o abandonaste tus estudios en años anteriores y tienes dudas sobre el inicio del cobro de tu Crédito, escribe al Sistema de Atención de Consultas, digitando tu RUT y Clave Ingresa o Clave Única.
- Las cuotas se pagan directamente al banco que otorgó el Crédito solicitado, a través de los medios de pago habilitados por la propia institución financiera.
- Revísalos AQUÍ.
- Desde febrero 2020, puedes pagar tu cuota del Crédito CAE hasta los días 10 de cada mes, a las 14:00 horas (horario bancario); o al día hábil siguiente, si el 10 es sábado, domingo o festivo, hasta las 14:00 horas.
Algunos bancos siguen consignando como fecha tope de pago, el día 5 de cada mes. Mientras actualizan dicha fecha, Comisión Ingresa te ratifica que puedes pagar las cuotas del Crédito CAE hasta el día 10, con los descuentos por tasa de interés reducida al 2% o por rebaja de cuota al 10% de la renta, según corresponda.
Si el 10 es sábado, domingo o festivo, podrás pagar hasta el día hábil siguiente a las 14:00 horas (horario bancario). Revisa las modalidades de pago de que dispone tu banco, AQUÍ. Si eres beneficiario del Crédito, podrás obtener una estimación de la cuota que tendrás que pagar, utilizando el simulador disponible en la sección ” Mi Crédito CAE ” de www.ingresa.cl.
El sistema te arrojará la cuota en UF y el plazo de pago de la deuda. Si aún no tienes el Crédito CAE y postularás al financiamiento, simula tu cuota AQUÍ. Recuerda que tratándose de un préstamo a largo plazo, este Crédito se otorga y se cobra en Unidades de Fomento (UF), por lo que el monto que pagues mensualmente se reajustará, de acuerdo a ese indicador.
Contratos del año 2006:
– Egresados: el crédito considera 240 cuotas (20 años) escalonadas en tres tramos. – Desertores: 240 cuotas iguales y sucesivas (sin tramos escalonados).
Contratos de 2007 a 2011: el crédito considera cuotas fijas e iguales durante todo el período de cobro de la deuda (sin tramos escalonados), tanto para egresados como para desertores. Contratos desde 2012 y en adelante: el crédito considera cuotas escalonadas en tres tramos, para créditos que tengan un plazo de 10 años o menos, y en cuatro tramos, si son créditos de 15 y 20 años.
¡¡ATENCIÓN!! Independientemente del año en que obtuviste el Crédito, tienes derecho a solicitar y pagar cuotas rebajadas al 10% de lo que ganas, si tu cuota del CAE supera ese valor. La diferencia con el monto original será subsidiada por el Estado y no tendrás que devolverla.
La rebaja se otorga por 6 meses y se puede renovar, presentando una nueva solicitud en www.ingresa.cl ¡Solicita este beneficio en cualquier momento del año! Si envías la postulación los primeros 15 días del mes y los documentos que adjuntas al formulario NO presentan reparos, el descuento aplicará desde tu siguiente cuota.
Si lo haces a partir del día 16, aplicará en la cuota subsiguiente. Todos los beneficiarios del Crédito CAE, sean egresados o desertores, pueden solicitar que sus cuotas sean rebajadas al 10% de su renta bruta promedio del último año, si lo que pagan por el CAE supera ese valor.
¡Solicita este beneficio en cualquier momento del año! Si envías la postulación los primeros 15 días del mes y los documentos que adjuntas al formulario NO presentan reparos, el descuento aplicará desde tu siguiente cuota. Si lo haces a partir del día 16, aplicará en la cuota subsiguiente. No. Este beneficio se aplica automáticamente a todos los beneficiarios que obtuvieron el CAE entre 2006 y 2011, y que pagan sus cuotas antes de los días 10 de cada mes (a las 14:00 horas); o día hábil siguiente, si el 10 es sábado, domingo o festivo.
¡IMPORTANTE! Si obtuviste el Crédito CAE desde 2012 y en adelante, tu Crédito ya tiene una tasa de interés del 2%, por lo que NO requieres esta rebaja al momento de pagar. No, puesto que, por ley, los beneficios se aplican únicamente a los deudores que no tienen morosidad.
- Si estás cesante o desempleado, puedes solicitar la suspensión del cobro de tus cuotas del Crédito, completando y enviando un formulario disponible todos los días del año en www.ingresa.cl,
- El beneficio se otorga por 6 meses (renovables).
- Las cuotas suspendidas se cobrarán al final de tu calendario de pago, manteniendo su mismo valor en UF, sin que se generen intereses por la suspensión de pago.
¡ATENCIÓN! Para solicitar la suspensión, tu morosidad no puede ser mayor a 45 días. Sí. Puedes suspender el cobro por 12 meses, período que podrás renovar hasta por 3 años, si estudias un Magíster; y por 4 años, si cursas un Doctorado, Las cuotas suspendidas se cobrarán al final del calendario de pago, manteniendo su mismo valor en UF, sin que se generen intereses por la suspensión de pago.
Para postergar el pago, debes enviar una solicitud formal al Director Ejecutivo de Comisión Ingresa, Sr. Tomás Bayón, a través del Sistema de Atención de Consultas, anexando los documentos que certifiquen que has sido aceptado o eres alumno regular de un programa de postgrado en una institución de otro país.
Revisa qué documentos necesitas para solicitar y renovar la suspensión ¡MUY IMPORTANTE! Para que el beneficio aplique, al comenzar tu postgrado, no debes tener una morosidad mayor a 45 días en el pago de tus cuotas del CAE. Según lo establecido en la ley, la suspensión de pago del Crédito por estudios de postgrado en el extranjero sólo se asigna a quienes cursen un Magíster o Doctorado en otro país.
- Si estás cursando otro tipo de estudios en el extranjero –diplomados, especialidades médicas, becas técnicas o cursos de idiomas- y no estás trabajando, podrás solicitar la postergación del pago por cesantía o desempleo, por 6 meses (renovables).
- Las cuotas suspendidas se cobrarán al final de tu calendario de pago, manteniendo su mismo valor en UF, sin que se generen intereses por la suspensión de pago.
Revisa qué documentos necesitas para solicitar y renovar la suspensión Si es tu caso y no tienes ingresos, solicita la postergación del cobro de tus cuotas por cesantía o desempleo, en www.ingresa.cl. Si en cambio tienes ingresos, podrás solicitar que tus cuotas sean rebajadas al 10% de tu renta.
El reembolso del monto anual de tus cuotas (con tope de 16 UTM) por cada año de servicio remunerado que hayas prestado en una de las comunas más necesitadas del país (ya sea en municipios, corporaciones, fundaciones, asociaciones municipales, establecimientos de los Servicios de Salud o en organizaciones no gubernamentales que presten apoyo a los municipios de las comunas de menores recursos), por un máximo de 3 años. Si trabajas los 3 años de manera ininterrumpida en la misma comuna, podrás acceder, además, al monto equivalente a tres veces el valor de la cuota anual del crédito que te correspondería pagar ese año, con un tope de 48 UTM.
La postulación a este beneficio de la Ley 20.330 se hace a través de las Delegaciones Presidenciales Regionales, las que tienen cupos limitados por año y región. Más información AQUÍ. Toda persona puede consultar por antecedentes generales del Crédito con Garantía Estatal (por ejemplo, fechas de postulación y requisitos para acceder al CAE; cómo acceder a los beneficios de pago; etc.).
¿Cuántos ramos me puedo echar para no perder el CAE?
Todos podemos tener dudas sobre el Crédito con Aval del Estado (CAE). Y para resolverlas, podemos encontrar miles de links, llamar a Chileatiende o a Ingresa.cl, Pero para que se ahorren toda esa pajita, te presentamos la respuesta a cuántos ramos te puedes echar para mantener el CAE.
- De manera general, para renovar el Crédito con Aval del Estado hay que cumplir dos requisitos : 1.
- Obviamente tener el Crédito antes) Mantenerse como Alumno Regular de una institución acreditada y que participe en el sistema del CAE.2.
- Debes matricularte y postular a la renovación en Ingresa.cl en los plazos establecidos tanto en tu casa de estudios y en sistema de crédito.
Por otra parte, hay que cumplir con los requerimientos internos de cada institución para mantener el beneficio (aquí entran los ramos aprobados). O sea, cada exigencia académica adicional que incorpore la institución debe estar en algún reglamento oficial conocido por los alumnos (as).
- Por ejemplo, la Universidad Pedro de Valdivia no tiene requerimientos adicionales.
- Por el contrario, la Universidad San Sebastián exige cumplir con el 70%de las asignaturas aprobadas y en la Católica de Temuco, el 50% de las asignaturas de los últimos dos semestres.
- Por lo que para cada institución hay diferentes reglas que debes averiguar,
Otro punto importante es la extensión del Crédito: 1. Para carreras con grado de licenciado se agregan 3 años al tiempo establecido para titularse. Por ejemplo, si la duración es de 5 años, podrás tener crédito durante 8 años de estudios.2. Título profesional : duración estándar + 2 años.
Es decir, si tu carrera dura 4 años, puedes demorarte 6 en titularte.3. Título técnico : se le adiciona 1 año a la duración establecida (si los ramos están repartidos en 2 años, puedes tener crédito por 3 años como máximo). Por lo que si te has echado varios ramos, debes tener presente que no puedes excederte en la duración de la carrera por más del tiempo establecido para el CAE.
Y obviamente, que no te expulsen por reprobar muchas veces. En conclusión, dependiendo de donde estudies tienes que sacar la calculadora para saber cuántos ramos puedes reprobar para mantener el CAE.
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¿Cuántos ramos hay que aprobar para mantener el CAE?
Porcentaje de ramos aprobados por un alumno en relación a los ramos inscritos en un período académico (semestre o año). Para renovar una beca de arancel, o acceder a una como alumno que ya cursa una carrera, el estudiante debe aprobar como mínimo un 60% de los ramos inscritos durante el primer año académico, o aprobar un 70% en su segundo año o superior.
¿Cuánto es el 100% del CAE?
Cubre desde $200.000 y hasta el 100% del Arancel de Referencia de la carrera, siendo el propio estudiante quien determina, anualmente, el monto a solicitar. No hay obligación de pagar el Crédito mientras el alumno estudia.
¿Cómo renovar un CAE vencido?
Como actualizar el CAE Ingresar a la página de la AFIP (www.afip.gob.ar) y hacer clic en la opción ACCESO CON CLAVE FISCAL. Es importante aclarar que si restan 31 días o más para la fecha de vencimiento del certificado NO deberá ser renovado.
¿Cómo hacer para no pagar el CAE?
Si no tengo trabajo y no puedo pagar las cuotas del Crédito, ¿el banco dejará de cobrar automáticamente? No. Si actualmente estás cesante o desempleado, debes completar y enviar un formulario disponible permanentemente en www.ingresa.cl, para solicitar que se suspenda el cobro de tus cuotas del CAE.
¿Cómo sacarse el CAE?
PAGO DEL CRÉDITO – SUSPENSIÓN DEL COBRO – No. Si actualmente estás cesante o desempleado, debes completar y enviar un formulario disponible permanentemente en www.ingresa.cl, para solicitar que se suspenda el cobro de tus cuotas del CAE. Solicita la suspensión, en cualquier momento del año, AQUÍ.
- Consiste en la posibilidad de solicitar que no te cobren las cuotas de tu Crédito durante 6 meses (renovables por igual período, presentando una nueva solicitud), si es que perdiste tu empleo o no has encontrado alguno.
- Si estás en una de esas dos situaciones, también deberás acreditar, si es del caso, que los ingresos de tu cónyuge, conviviente o conviviente civil son insuficientes como para cumplir el compromiso de pago de tu Crédito.
¡IMPORTANTE! Las cuotas suspendidas se cobrarán al final de tu calendario de pago, manteniendo su mismo valor en UF, sin que se generen intereses por la suspensión de pago. Podrás solicitar el beneficio desde el mes anterior al inicio del cobro de tu Crédito, o bien, si ya estás pagando el CAE, en el momento en que lo necesites, pues el Formulario de Suspensión de Pago de Pago está permanentemente disponible en www.ingresa.cl Sí.
- Para pedir la suspensión tendrás que acreditar tu situación de desempleo.
- Si estás casado(a) o conviviendo, también tendrás que confirmar que los ingresos familiares resultan insuficientes para pagar las cuotas del CAE. No.
- El beneficio consiste en la suspensión y postergación de las cuotas; por lo tanto, el pago de las mismas será exigido al final de tu calendario de pago.
Las cuotas mantendrán su mismo valor en UF, sin que se generen intereses por la suspensión de pago. Ten presente que dichas cuotas no podrán ser postergadas nuevamente cuando te corresponda pagarlas, pero podrás solicitar que sean rebajadas al 10% de tu renta.
Podrás acceder a la Suspensión del Pago del Crédito, siempre que tengas una mora no mayor a 45 días corridos desde que venció tu última cuota. De obtener el beneficio, éste aplicará por 6 meses, partiendo por la primera cuota impaga. Para obtener ese beneficio, deberás completar el formulario de suspensión de pago, disponible en www.ingresa.cl, acreditando tu incapacidad de pago (carencia de cualquier tipo de actividad remunerada) y los ingresos de tu grupo familiar, si eres casado(a) o estás conviviendo.
En el formulario, tendrás que registrar:
Tus antecedentes personales y de contacto, así como tu tipo de Previsión Social y de Salud. Tu situación familiar (soltero; casado; si estás conviviendo o suscribiste un Acuerdo de Unión Civil). Los documentos que acrediten tu condición de cesantía o desempleo e ingresos percibidos. Si corresponde, los datos y renta de tu cónyuge, conviviente o conviviente civil.
Revisa qué documentos necesitas y cómo obtenerlos. ¡Importante! La documentación que adjuntes al formulario debe estar vigente, es decir, no tener más de 30 días desde su fecha de emisión, salvo la Declaración Jurada Notarial de Soltería, que podrá tener una vigencia de hasta 1 año (en lugar de 6 meses), mientras dure la alerta sanitaria por COVID-19; y la carta de aviso de despido, que puede tener una fecha anterior.
Informe de No Matrimonio, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. Declaración Jurada de Soltería, firmada ante Notario, de hasta 1 año de antigüedad (en lugar de 6 meses, como ha sido lo regular). Una Declaración Jurada Simple de Soltería, firmada por ti (no por un Notario), en el que: 1) declares que estás soltero/a; 2) expreses que dicha declaración la realizas para solicitar la Suspensión de Pago del Crédito con Garantía Estatal (Crédito CAE o CORFO) y, 3) que, por razones de fuerza mayor, no es posible que concurras hasta una Notaría Pública.
Tu petición será rechazada, si:
Los documentos que adjuntaste presentan errores. En tal caso, tendrás 2 días para corregir la información. Si cumplido ese plazo no haces los cambios requeridos o los documentos que adjuntas, vuelven a tener reparos, tu solicitud será rechazada. Tienes una morosidad mayor a 45 días, al enviar la solicitud.
El rechazo será notificado por correo electrónico e inmediatamente se habilitará el formulario para que presentes una nueva postulación. Ten presente resolver los problemas que tuvo tu solicitud anterior, para que cumplas con las exigencias y requisitos establecidos en la normativa.
Sí. Puedes renovar el beneficio, mientras cumplas las condiciones legales para obtener la suspensión de pago. Para eso, deberás presentar una nueva solicitud, un mes antes de que termine la vigencia de la suspensión anterior. Por ejemplo, si tu última cuota suspendida vence en junio, podrás solicitar la renovación del beneficio por otros seis meses, a contar de mayo.
¡IMPORTANTE! Las cuotas suspendidas se cobrarán al final de tu calendario de pago, manteniendo su mismo valor en UF, sin que se generen intereses por la suspensión de pago. Dichas cuotas no podrán ser postergadas nuevamente cuando te corresponda pagarlas, pero podrás solicitar que sean rebajadas al 10% de tu renta.
- No. La suspensión del pago de tus cuotas se aplicará durante los seis meses por los que te fue otorgada. No.
- En tu caso, puedes solicitar que tus cuotas sean rebajadas al 10% de tu renta bruta promedio de los últimos 12 meses.
- Por ejemplo, si tu cuota es de $35.000, sin embargo tu renta bruta promedio en el último año ha sido de $270.000, podrás pagar cuotas de $27.000 (el 10% de tu renta).
La diferencia con la cuota original la subsidiará el Estado y no tendrás que devolverla más adelante. ¡Solicita la Rebaja de Cuotas al 10% de tu Renta en cualquier momento del año! Ten presente que si envías la postulación los primeros 15 días del mes y los documentos que adjuntas al formulario NO presentan reparos, el descuento aplicará desde tu siguiente cuota.
- Si lo haces a partir del día 16, aplicará en la cuota subsiguiente.
- Más información AQUÍ Las cuotas suspendidas por cesantía/desempleo, NO están cubiertas por la garantía, puesto que las pagó el Fisco al autorizar el otorgamiento de ese beneficio.
- Para efectos de facilitar que ahora devuelvas al Fisco el monto pagado en esa oportunidad, ha sido encargado al banco administrador de tu Crédito CAE, el cobro de esas cuotas suspendidas.
Puedes realizar el pago hasta las 14:00 horas del día 10 de cada mes. Si el 10 es sábado, domingo o festivo, podrás hacerlo hasta el día hábil siguiente.
¿Cuánto tengo que pagar en el CAE?
Descripción. Permite a los deudores que están al día acceder al pago del Crédito con Garantía Estatal (CAE) en cuotas no mayores al 10% de su renta bruta promedio (de los últimos 12 meses), cuando su cuota es mayor a ese porcentaje. Obtén más información sobre cómo acceder a cuotas rebajadas al 10% de la renta.
¿Cuándo se debe comenzar a pagar el CAE?
PAGO DEL CRÉDITO – FORMA DE PAGO – Los plazos máximos para pagar el Crédito son:
10, 15 ó 20 años, si egresas de tu carrera;y 5, 7 años y medio y hasta 10 años, si desertas (abandonas los estudios).
El plazo dependerá de la duración de tu carrera, el nivel de estudios que hayas tenido cuando se te otorgó el CAE y el monto total de crédito que adeudarás. A menor monto, menor plazo para pagar. Sí, a través de prepagos (pagos anticipados), los que deben ser de un monto no inferior al 10% del saldo capital adeudado, incluyendo intereses y comisiones. Si el prepago lo realizas cuando ya se esté cobrando el Crédito, podrás optar entre dos alternativas para pagar el resto del financiamiento:
Achicar el valor de tu cuota y mantener el plazo de pago; o bien, Acortar el plazo de la deuda y seguir pagando la misma cuota.
Podrás hacer los prepagos que quieras y cuando quieras, hasta extinguir tu deuda. Más información AQUÍ Sí. A partir del momento en que el Crédito es transferido por el banco a tu institución, puedes pagar voluntariamente los intereses mensuales que genere, evitando que se sumen a tu deuda.
Si terminaste la malla curricular de tu carrera, el cobro de las cuotas comenzará 18 meses después de la fecha de egreso que registre tu institución en el Sistema del CAE. Por ejemplo, si egresaste en julio 2021, tu primera cuota será la de febrero 2023. IMPORTANTE: egreso no es lo mismo que titulación. Lo que se considera para efectos del inicio del pago del Crédito CAE es el egreso (es decir, cuando terminas los ramos de la malla curricular de tu carrera). Si cumpliste dos años consecutivos sin matrícula en alguna institución participante del Sistema de Crédito, entonces el cobro del financiamiento que hayas utilizado hasta la fecha, comenzará en noviembre de tu segundo año sin estudiar; y en tal caso, el plazo de pago originalmente establecido, se reducirá a la mitad. Revisa cuándo se iniciará el cobro de tu deuda, digitando tu RUT AQUÍ ; o bien, escribe al Sistema de Atención de Consultas,
Si ya egresaste de tu carrera en 2020, o bien, este año 2021 cumpliste dos años consecutivos sin estudiar, revisa cuándo parte el cobro de tu deuda, digitando tu RUT en https://resultadorenovacioncae.ingresa.cl/ Si egresaste o abandonaste tus estudios en años anteriores y tienes dudas sobre el inicio del cobro de tu Crédito, escribe al Sistema de Atención de Consultas, digitando tu RUT y Clave Ingresa o Clave Única.
Las cuotas se pagan directamente al banco que otorgó el Crédito solicitado, a través de los medios de pago habilitados por la propia institución financiera. Revísalos AQUÍ. Desde febrero 2020, puedes pagar tu cuota del Crédito CAE hasta los días 10 de cada mes, a las 14:00 horas (horario bancario); o al día hábil siguiente, si el 10 es sábado, domingo o festivo, hasta las 14:00 horas.
Algunos bancos siguen consignando como fecha tope de pago, el día 5 de cada mes. Mientras actualizan dicha fecha, Comisión Ingresa te ratifica que puedes pagar las cuotas del Crédito CAE hasta el día 10, con los descuentos por tasa de interés reducida al 2% o por rebaja de cuota al 10% de la renta, según corresponda.
- Si el 10 es sábado, domingo o festivo, podrás pagar hasta el día hábil siguiente a las 14:00 horas (horario bancario).
- Revisa las modalidades de pago de que dispone tu banco, AQUÍ.
- Si eres beneficiario del Crédito, podrás obtener una estimación de la cuota que tendrás que pagar, utilizando el simulador disponible en la sección ” Mi Crédito CAE ” de www.ingresa.cl.
El sistema te arrojará la cuota en UF y el plazo de pago de la deuda. Si aún no tienes el Crédito CAE y postularás al financiamiento, simula tu cuota AQUÍ. Recuerda que tratándose de un préstamo a largo plazo, este Crédito se otorga y se cobra en Unidades de Fomento (UF), por lo que el monto que pagues mensualmente se reajustará, de acuerdo a ese indicador.
Contratos del año 2006:
– Egresados: el crédito considera 240 cuotas (20 años) escalonadas en tres tramos. – Desertores: 240 cuotas iguales y sucesivas (sin tramos escalonados).
Contratos de 2007 a 2011: el crédito considera cuotas fijas e iguales durante todo el período de cobro de la deuda (sin tramos escalonados), tanto para egresados como para desertores. Contratos desde 2012 y en adelante: el crédito considera cuotas escalonadas en tres tramos, para créditos que tengan un plazo de 10 años o menos, y en cuatro tramos, si son créditos de 15 y 20 años.
¡¡ATENCIÓN!! Independientemente del año en que obtuviste el Crédito, tienes derecho a solicitar y pagar cuotas rebajadas al 10% de lo que ganas, si tu cuota del CAE supera ese valor. La diferencia con el monto original será subsidiada por el Estado y no tendrás que devolverla.
La rebaja se otorga por 6 meses y se puede renovar, presentando una nueva solicitud en www.ingresa.cl ¡Solicita este beneficio en cualquier momento del año! Si envías la postulación los primeros 15 días del mes y los documentos que adjuntas al formulario NO presentan reparos, el descuento aplicará desde tu siguiente cuota.
Si lo haces a partir del día 16, aplicará en la cuota subsiguiente. Todos los beneficiarios del Crédito CAE, sean egresados o desertores, pueden solicitar que sus cuotas sean rebajadas al 10% de su renta bruta promedio del último año, si lo que pagan por el CAE supera ese valor.
¡Solicita este beneficio en cualquier momento del año! Si envías la postulación los primeros 15 días del mes y los documentos que adjuntas al formulario NO presentan reparos, el descuento aplicará desde tu siguiente cuota. Si lo haces a partir del día 16, aplicará en la cuota subsiguiente. No. Este beneficio se aplica automáticamente a todos los beneficiarios que obtuvieron el CAE entre 2006 y 2011, y que pagan sus cuotas antes de los días 10 de cada mes (a las 14:00 horas); o día hábil siguiente, si el 10 es sábado, domingo o festivo.
¡IMPORTANTE! Si obtuviste el Crédito CAE desde 2012 y en adelante, tu Crédito ya tiene una tasa de interés del 2%, por lo que NO requieres esta rebaja al momento de pagar. No, puesto que, por ley, los beneficios se aplican únicamente a los deudores que no tienen morosidad.
Si estás cesante o desempleado, puedes solicitar la suspensión del cobro de tus cuotas del Crédito, completando y enviando un formulario disponible todos los días del año en www.ingresa.cl, El beneficio se otorga por 6 meses (renovables). Las cuotas suspendidas se cobrarán al final de tu calendario de pago, manteniendo su mismo valor en UF, sin que se generen intereses por la suspensión de pago.
¡ATENCIÓN! Para solicitar la suspensión, tu morosidad no puede ser mayor a 45 días. Sí. Puedes suspender el cobro por 12 meses, período que podrás renovar hasta por 3 años, si estudias un Magíster; y por 4 años, si cursas un Doctorado, Las cuotas suspendidas se cobrarán al final del calendario de pago, manteniendo su mismo valor en UF, sin que se generen intereses por la suspensión de pago.
- Para postergar el pago, debes enviar una solicitud formal al Director Ejecutivo de Comisión Ingresa, Sr.
- Tomás Bayón, a través del Sistema de Atención de Consultas, anexando los documentos que certifiquen que has sido aceptado o eres alumno regular de un programa de postgrado en una institución de otro país.
Revisa qué documentos necesitas para solicitar y renovar la suspensión ¡MUY IMPORTANTE! Para que el beneficio aplique, al comenzar tu postgrado, no debes tener una morosidad mayor a 45 días en el pago de tus cuotas del CAE. Según lo establecido en la ley, la suspensión de pago del Crédito por estudios de postgrado en el extranjero sólo se asigna a quienes cursen un Magíster o Doctorado en otro país.
Si estás cursando otro tipo de estudios en el extranjero –diplomados, especialidades médicas, becas técnicas o cursos de idiomas- y no estás trabajando, podrás solicitar la postergación del pago por cesantía o desempleo, por 6 meses (renovables). Las cuotas suspendidas se cobrarán al final de tu calendario de pago, manteniendo su mismo valor en UF, sin que se generen intereses por la suspensión de pago.
Revisa qué documentos necesitas para solicitar y renovar la suspensión Si es tu caso y no tienes ingresos, solicita la postergación del cobro de tus cuotas por cesantía o desempleo, en www.ingresa.cl. Si en cambio tienes ingresos, podrás solicitar que tus cuotas sean rebajadas al 10% de tu renta.
El reembolso del monto anual de tus cuotas (con tope de 16 UTM) por cada año de servicio remunerado que hayas prestado en una de las comunas más necesitadas del país (ya sea en municipios, corporaciones, fundaciones, asociaciones municipales, establecimientos de los Servicios de Salud o en organizaciones no gubernamentales que presten apoyo a los municipios de las comunas de menores recursos), por un máximo de 3 años. Si trabajas los 3 años de manera ininterrumpida en la misma comuna, podrás acceder, además, al monto equivalente a tres veces el valor de la cuota anual del crédito que te correspondería pagar ese año, con un tope de 48 UTM.
La postulación a este beneficio de la Ley 20.330 se hace a través de las Delegaciones Presidenciales Regionales, las que tienen cupos limitados por año y región. Más información AQUÍ. Toda persona puede consultar por antecedentes generales del Crédito con Garantía Estatal (por ejemplo, fechas de postulación y requisitos para acceder al CAE; cómo acceder a los beneficios de pago; etc.).