Santiago, 29 de Junio de 2023 Se recuerda a las y los contribuyentes que deben cumplir con el pago de contribuciones, que el viernes 30 de junio vence el plazo para cancelar la segunda cuota normal de este año. Para ello, se recomienda el uso de la opción de pago en línea, existente en sii.cl, en la que se han dispuesto las dos cuotas del primer semestre de 2023, y también un Listado de Propiedades para el pago de contribuciones, alternativa pensada para que el contribuyente pueda cumplir con este compromiso tributario, digitando solo su Rut y Clave.
- También se puede realizar este pago desde dispositivos móviles, a través de la app e-Contribuciones.
- El pago de las cuotas de contribuciones también puede ser realizado en el sitio web de la Tesorería General de la República en bancos e instituciones financieras habilitadas para estos fines.
- Los recursos provenientes del pago de contribuciones son destinados exclusivamente al financiamiento de bienes y servicios comunales, que buscan mejorar la calidad de vida de sus habitantes, ya que permiten a los municipios realizar avances en áreas como programas sociales, alumbrado público, áreas verdes, zonas de recreación, entre otras.
Postergación para regiones afectadas por incendios forestales Entre las medidas de apoyo implementadas por el Servicio de Impuestos Internos, en el marco del Plan de Recuperación y ayudas tempranas para las zonas afectadas por los incendios forestales, se encuentra la posibilidad de postergar el pago de la primera, segunda, tercera y cuarta cuota de contribuciones de 2023, correspondientes a bienes raíces afectados por estos siniestros, en las regiones declaradas zona de catástrofe: Ñuble, Biobío y La Araucanía.
En el plazo de pago de la primera, segunda, tercera y cuarta cuota del impuesto territorial del año 2024, respectivamente. Hasta el 31 de diciembre de 2023, con condonación total de los intereses aplicables por el pago fuera de plazo. Accediendo a facilidades de pago a través de convenios especiales, con la condonación de los intereses que correspondan (Con Tesorería General de la República).
Las personas propietarias o que tengan la obligación del pago del impuesto territorial deberán previamente solicitar al SII, que el respectivo predio sea incluido dentro de la nómina de inmuebles efectivamente siniestrados por los incendios que afectaron las regiones de Ñuble, Biobío y la Araucanía.
- Esta solicitud puede presentarse en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos en Servicios Online, Avalúos y Contribuciones de Bienes Raíces, Solicitudes y Declaraciones, opción “Solicitudes de Bienes Raíces”, o bien de manera presencial en cualquier oficina.
- Al hacerlo, deberán indicar la materia “Postergación de Contribuciones Año 2023”.
Para mayor información consulte aquí,
Contents
- 1 ¿Cuándo se empiezan a pagar las contribuciones?
- 2 ¿Cuáles son los meses que se pagan las contribuciones?
- 3 ¿Cómo se pagan las contribuciones?
- 4 ¿Cuánto se paga de contribuciones por una casa?
- 5 ¿Cuántos metros cuadrados debe tener una casa para no pagar contribuciones?
- 6 ¿Qué significa estar exenta de pago de contribuciones?
- 7 ¿Cómo se calcula el pago de contribuciones de una casa?
¿Cómo saber si tengo que pagar contribuciones 2023?
¿Cómo saber si debo pagar contribuciones en 2023? – Desde el año pasado en el que hubo un reavalúo fiscal, deben pagar contribuciones solamente el 23% de las viviendas habitacionales, es decir que el 77% queda exento del impuesto. Este reavalúo fiscal se realiza cada cuatro años, por lo tanto, si pagaste contribuciones el año pasado deberás pagarlas en 2023.
De todas maneras, si deseas consultar en el Servicio de Impuestos Internos (SII) si debes pagar contribuciones ingresa a este ENLACE, pulsa donde dice “Mi reavalúo” e ingresa con tu RUT y Clave Tributaria. Inmediatamente verás tus viviendas, su valor fiscal y si es que pagas contribuciones. En el caso de los terrenos agrícolas, este año hubo un reavalúo fiscal, por lo que para revisar si te corresponde pagar el impuesto debes ingresar AQUÍ, dar clic en “Mi reavalúo”, colocar tus datos y podrás ver tus propiedades y si es que pagas contribuciones.
De todas maneras, si te corresponde pagar el impuesto, el SII te enviará una carta a tu domicilio informándote de valor que debes pagar y la fecha de vencimiento de la cuota. También recibirás un correo electrónico con la misma información.
¿Cuándo se empiezan a pagar las contribuciones?
Permite pagar las contribuciones de bienes raíces en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) y realizar otros trámites como solicitar el certificado de información de pagos y el listado de propiedades para el pago de contribuciones. El pago de las contribuciones comprende cuatro cuotas con las siguientes fechas de vencimiento:
- Primera cuota: abril.
- Segunda cuota: junio.
- Tercera cuota: septiembre.
- Cuarta cuota: noviembre.
Propietarios o propietarias de bienes raíces que deban pagar sus contribuciones. Para trámite en línea :
- Número de rol de la propiedad, región y comuna.
- RUT y clave para ingresar al sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII).
Para trámite en oficina :
Cupón de recibo de contribuciones, Si no cuenta con el recibo, deberá solicitarlo en las oficinas de la Tesorería General de la República.
– Instrucciones Trámite en línea
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Haga clic en “Pagar contribuciones”.
- Una vez en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos, ingrese a “Servicios online”.
- En el menú seleccione “Avalúos y contribuciones de bienes raíces”, y luego “Contribuciones”.
- Haga clic en “Pagar contribuciones”.
- Seleccione la región, comuna, ingrese el número de rol y haga clic en “Buscar”.
- Haga clic en “Pagar”.
- Seleccione el medio de pago, si será con cargo a su tarjeta de crédito o cuenta bancaria, y siga las instrucciones.
- Como resultado del trámite, habrá realizado el pago de contribuciones de un bien raíz.
– Instrucciones contacto telefónico – Instrucciones trámite por Email – Instrucciones trámite en el Consulado
¿Cuáles son los meses que se pagan las contribuciones?
Preguntas Frecuentes En primer lugar, el SII cobra las contribuciones de bienes races en cuatro cuotas anuales, con vencimiento en los meses de abril, junio, septiembre y noviembre. Si las contribuciones no se pagan dentro de plazo, el Servicio de Tesoreras le aplica reajustes e intereses mensuales.
¿Cómo se pagan las contribuciones?
Guía para calcular la contribución de un bien raíz – Las contribuciones corresponden al impuesto que se aplica a las propiedades, de acuerdo a lo establecido en la Ley N°17.235 sobre Impuesto Territorial. Los recursos que generan se distribuyen íntegramente entre los municipios de todo Chile y se destinan a financiar bienes y servicios que van en directo beneficio de la comunidad y sus habitantes.
- Fórmula de cálculo: La contribución total de una propiedad corresponde a la suma de tres componentes: contribución neta, sobretasa fiscal (0.025%), y sobretasa (100%) aplicadas a sitios no edificados, pozos lastreros y propiedades abandonadas.
- Las sobretasas se aplican cuando corresponda.
- Contribución Total = Contribución Neta + Sobretasas Las contribuciones se cobran en cuatro cuotas durante el año, con vencimientos en abril, junio, septiembre y noviembre, las que son informadas mediante el aviso de pago de contribuciones que se envía vía email o a la dirección postal o predial que se encuentre registrada en el SII para dicha propiedad.
Adicionalmente, se pueden incluir en el aviso de pago de contribuciones el monto correspondiente al pago por derechos de aseo domiciliario, cuando las municipalidades lo soliciten al SII. Es importante tener claro que el monto por este concepto es determinado por la municipalidad correspondiente a la comuna donde se encuentra el bien raíz.
¿Quién está exento del pago de contribuciones?
Descripción: En el marco de la ley de Modernización Tributaria, se exime del pago de contribuciones de bienes raíces a adultos mayores si su ingreso equivale a unos $669 mil mensuales y reduce las contribuciones en 50% si los ingresos son de un monto cercano a $1,5 millones mensuales.
¿Qué debo hacer para no pagar contribuciones?
SII | Servicio de Impuestos Internos Los montos de avalúo fiscal ( $ 192.603.583 y $ 257.306.349 respectivamente) se reajustan semestralmente de acuerdo a la variación del IPC al semestre de cobro de las contribuciones. Los montos también están afectos a los reajustes que se realicen en los procesos de reavalúo de bienes inmuebles no agrícolas con destino habitacional.
¿Cuánto se paga de contribuciones por una casa?
Tasas del Impuesto: Las tasas del Impuesto a aplicar dependerán del destino de la propiedad. En el caso de las propiedades no habitacionales, la ley establece una tasa máxima del 1,4% y para las propiedades habitacionales, dos tasas que se aplican de forma progresiva, la más alta de 1,4% y la más baja de un 1,2%.
¿Cuántos metros cuadrados debe tener una casa para no pagar contribuciones?
Exención del 50% en el pago de contribuciones de bienes raíces – El Decreto con fuerza de Ley 2 (DFL2), señala en su artículo 1 que se consideran “viviendas económicas”, aquellas que tengan una superficie construida y útil de 140 metros cuadrados o menos por unidad,
No se incluyen en este cálculo piscinas, jardines, estacionamiento y otras áreas externas. Si eres propietario de una vivienda nueva acogida a DFL2, puedes optar al beneficio de pagar solo el 50% del impuesto. Esto, siempre y cuando el avalúo fiscal de la propiedad sea menor a $33.199.976, mientras siga vigente el Reavalúo 2018.
El beneficio del 50% en el pago de contribuciones de bienes raíces tiene un límite de tiempo establecido, según el área construida:
- Hasta 70 metros cuadrados: 20 años.
- Entre 71 y 100 metros cuadrados: 15 años.
- Entre 101 y 140 metros cuadrados: 10 años.
¿Cómo saber si tengo que pagar contribuciones por mi casa?
Permite obtener el documento que detalla las cuotas de contribuciones que no han sido pagadas de una propiedad, o certifica que no hay deudas para el rol consultado. El certificado se puede solicitar durante todo el año en el sitio web y en las oficinas regionales de la Tesorería General de la República (TGR),
- Haga clic en “obtener certificado”.
- Una vez en el sitio web de Tesorería, ingrese la región, comuna, rol y subrol de la propiedad, y luego haga clic en “buscar”.
- Como resultado del trámite, obtendrá el certificado de deuda. Este certificado se lo puede enviar a su correo electrónico.
Importante : si requiere más información, llame al 2 2768 98 00. – Instrucciones Trámite en Sucursal
- Consulte los antecedentes requeridos.
- Diríjase a:
- Una oficina de la Tesorería General de la República (TGR),
- Una oficina ChileAtiende,
- Explique el motivo de su visita.
- Indique los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el documento, el que podrá obtener inmediatamente.
Importante : si requiere más información, llame al 2 2768 98 00. – Instrucciones contacto telefónico – Instrucciones trámite por Email – Instrucciones trámite en el Consulado
¿Qué impuestos no pagan los de la tercera edad?
¿Qué descuentos tienen las personas de la tercera edad? – No tributarios – Exoneración del 50% de las tarifas de transporte aéreo, terrestre, marítimo y fluvial y de las entradas a los espectáculos públicos, culturales, deportivos, artísticos, paquetes turísticos y recreacionales.
- Acceso gratuito a los museos, cuando sean no autónomas se extenderá a un/una acompañante.
- Exoneración del 50% del valor del consumo que causare el uso de los servicios de un medidor de energía eléctrica, cuyo consumo mensual sea de hasta 138 KW/hora; de un medidor de agua potable cuyo consumo mensual sea de hasta de 34 metros cúbicos; y, el 50% de la tarifa básica del teléfono fijo residencial de propiedad del beneficiario en su domicilio.
Exoneración del 50% del valor de consumo que causare el uso de los servicios de los medidores de energía eléctrica, de agua potable y de la tarifa de teléfono a las instituciones sin fines de lucro que den atención a las personas de la tercera edad. Exoneración del 50% del valor de consumo en un plan básico de telefonía celular e internet, cuyo titular sea la persona adulta mayor.
¿Cuando estoy exento de pagar impuestos?
La Federación, las entidades federativas, los municipios y las entidades de la administración pública paraestatal que estén considerados como no contribuyentes del impuesto sobre la renta. Las personas morales con fines no lucrativos. Las personas físicas y morales por los depósitos en efectivo que reciban mensualmente hasta por un monto acumulado de 25,000 pesos. Por el excedente se pagará el impuesto. Instituciones del sistema financiero por depósitos en efectivo que reciban en cuentas propias derivadas de su intermediación financiera o compraventa de moneda extranjera. Los ingresos de agentes diplomáticos y consulares por los que no se pague el ISR, como los establecidos en el artículo 109, fracción XII, de la LISR. (agentes diplomáticos y consulares, empleados de embajadas, miembros de delegaciones oficiales, entre otros). Las personas físicas y morales por los depósitos en efectivo derivados de créditos otorgados por las instituciones de crédito.
Artículo 2 de la LIDE
¿Qué significa estar exenta de pago de contribuciones?
Una exención es una norma mediante la cual el legislador ha dispuesto eximir total o parcialmente del pago del Impuesto Territorial (o Contribuciones) correspondiente a determinados bienes raíces, ya sea porque se favorece al propietario o al destino o uso del inmueble.
¿Cómo saber si se pagan contribuciones?
Bienes raíces no agrícola con destino habitacional: quiénes pagan contribuciones – Las personas que posean un bien raíz no agrícola deben pagar contribuciones si el avalúo fiscal de este es mayor a $35.488.530 esta cifra es conocida como avalúo exento. Es decir que, quienes tengan una propiedad con un avalúo fiscal menor a esa cantidad, no debe pagar contribuciones.
¿Cómo saber si tengo rebaja de contribuciones?
Pregunta ID: 001.004.6464.011 Fecha de Creación: 09/04/2014 Cules son los requisitos para obtener el beneficio que rebaja las contribuciones correspondientes a propiedades de adultos mayores? Respuesta Fecha de Actualización: 11/10/2022 1. Tener 60 aos cumplidos para mujeres y 65 aos, para hombres, al ao anterior en que se hace efectiva la rebaja en las contribuciones.2.
- Para acceder al 100% de la rebaja en las contribuciones, los ingresos anuales del adulto mayor al 31 de diciembre del ao anterior, deben ser iguales o inferiores a 13,5 UTA ($8.775.702).
- Para acceder al 50% de rebaja, los ingresos anuales, al 31 de diciembre del ao anterior a aquel en que se hace efectiva la rebaja, deben ser superiores a 13,5 UTA e inferiores o iguales a 30 UTA ( $19.501.560), a diciembre del 2021.3.
La propiedad debe estar inscrita en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Races respectivo a nombre del beneficiario, o en conjunto con su cnyuge, conviviente civil o hijos que hayan sucedido al cnyuge fallecido, al ao anterior a aquel en que se haga efectiva la rebaja.4.
- La propiedad debe ser un predio no agrcola, con destino habitacional, afecto al Impuesto Territorial.5.
- El avalo fiscal vigente de la propiedad no debe exceder de $192.603.583, al segundo semestre del 2022, cantidad reajustada semestralmente segn IPC correspondiente al semestre de cobro de las contribuciones y reajustes provenientes de procesos de reavalo de bienes races no agrcolas con destino habitacional.6.
Si el contribuyente es propietario de varios inmuebles, la suma de los avalos fiscales, independiente de su destino (habitacional, bodega y almacenaje, comercio u otro), no debe exceder de $257.306.349, al segundo semestre del 2022, cantidad reajustada de la misma forma indicada en el punto anterior.
¿Cómo se calcula el pago de contribuciones de una casa?
Contribución neta – La contribución neta para propiedades habitacionales se calcula aplicando 1 o 2 tasas progresivas sobre el avalúo afecto. Es decir, uno o dos tramos de valor según corresponda. Estás tasas, al 1 de Enero de 2018 son las siguientes:
- Tasa de 1er tramo:0,933%
- Tasa de 2ndo tramo:1,088%
Para terminar de entender esto, debemos saber que existe otro valor referencial que el SII señala como el “monto de cambio de tasa” y para el cual se definen los tramos para la aplicación de tasas. Así, el cálculo de la contribución neta sigue la siguiente regla:
- Si la propiedad tiene un avalúo fiscal menor al monto de cambio de tasa:
- Contribución neta=(avalúo fiscal – avalúo exento)* 0,933%
- Si la propiedad tiene un avalúo fiscal mayor a monto de cambio de tasa:
- Contribución neta= (avalúo fiscal – monto cambio de tasa)*1,088% + (monto cambio de tasa – avalúo exento)*0,933%
A partir de 1 de enero de 2018 el monto de cambio de tasa establecido por el SII es: 118.571.329. Para aclarar todo lo que hemos mencionado, veamos un ejemplo: Siguiendo con nuestras propiedades A,B y C del ejemplo anterior, mencionamos que la propiedad A no paga contribuciones, mientras que para la propiedades B y C se tendrán las siguientes contribuciones netas:
- El avalúo de la propiedad A es menor al cambio de tasa, por lo que su contribución neta es: (50.000.000 – 33.664.775)*0,933%= 152.408. Es decir, una cuota trimestral neta de 152.408/4=38.102
- El avalúo de la propiedad B es mayor al cambio de tasa, por lo que su contribución neta es: (130.000.000 – 118.571.329)*1,088%+( 118.571.329 – 33.664.775)*0,933% = 916.522. Es decir, una cuota trimestral neta de 916.522=229.130