¿Cómo postular a la PGU? Para recibir la PGU se puede postular a través de Internet, en oficinas de ChileAtiende o solicitando una videoatención. Ante consultas, se puede contactar al número 101, que recibe llamados de lunes a viernes de 8:00 a 18:00 horas.
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¿Cómo puedo postular a la PGU?
¿Cómo realizar el trámite de postulación para la PGU? – La postulación para la Pensión Garantizada Universal se puede realizar tanto de manera presencial como online. En ambos casos se necesita la cédula de identidad, y la Clave Única será solo necesaria si el trámite se realiza de forma virtual.
- En el caso de querer realizar esta gestión de forma presencial, la persona deberá acercarse a una sucursal de ChileAtiende y explicar su situación, en donde se le indicará si es beneficiara y cuáles son los pasos a seguir si es que desea aceptar el dinero ofrecido.
- Sin embargo, si la postulación se realiza de manera online, se debe ir a la página de ChileAtiende y hacer clic en el botón « Accede a la PGU «, el cual llevará a la persona al sitio del IPS, lugar en el que tendrá que ingresar su RUT.
Una vez realizado este paso, el individuo deberá dirigirse a una sección « Pensión Garantizada Universal, Pilar Solidario y Bono por Hijo «. En este lugar, se le dirá si cumple con los requisitos. En caso de ser así, tendrá que ingresar su Clave Única.
¿Dónde se hace el trámite de PGU?
Este requisito será modificado a partir de abril de 2023 con la Ley Corta de la PGU. Ingresa a la página web de ChileAtiende y revisa si puedes solicitar la Pensión Garantizada Universal. Ten en cuenta que no es necesario que te hayas pensionado para hacer esta solicitud.
¿Cuál es el monto de la PGU 2023?
Pensión Garantizada Universal (PGU) : – Revisa más sobre La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio del Estado que reemplaza a los beneficios de vejez del Pilar Solidario, cuyo pago mensual está a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS). El monto de este beneficio asciende a un máximo de $206.173,
Desde el 1 abril de 2023,, es decir, se evalúa que la persona no integre un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población total del país. Para más detalles, revise, las y a la PGU y a su pensión de AFP o compañía de seguros. Desde el 1 de abril rige la Ley Corta de PGU, que amplía la cobertura de este beneficio.
Conozca más detalles en nuestras, A contar del 1 de abril de 2023, todas las personas que:
- Tengan 65 años o más de edad.
- No integren el 10% más rico de la población.
- Acrediten residencia en el territorio de la República de Chile en estos dos casos:
- Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad.
- Un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse al beneficio de PGU.
- Cuenten con una pensión base menor a $1.114.446 (monto de la pensión superior), determinada por la Pensión Autofinanciada de Referencia (PAFE) de PGU.
Importante :
- En el proceso de evaluación de requisitos para acceder a la PGU, la ley considera un instrumento de medición específico para este beneficio, con el fin de determinar, a través de un puntaje, si la persona integra un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población de 65 años y más. En el análisis se incluye (aparte de algunos datos del ) diversa información de ingresos y necesidades de los integrantes de ese grupo.
- Pueden acceder a la PGU todas las personas que cumplan los requisitos, independientemente de que continúen trabajando o de que reciban una pensión de algún régimen previsional (sea de capitalización individual o del antiguo sistema, con la excepción de las pensiones de Capredena y Dipreca).
- Las personas con (leyes Rettig y Valech o como exonerado político) excepcionalmente podrían acceder a la PGU, porque:
- Cumple con los demás requisitos, por lo que el monto a recibir se calcula restando al monto de la PGU el valor de la pensión de reparación estatal que ya recibe (aunque, generalmente, casi siempre da como resultado un monto cero y por eso no suelen recibir este beneficio).
- En los casos excepcionales en que la pensión reparatoria resulte menor que el monto de la PGU, la persona solo tendría derecho a recibir lo que quede del beneficio solidario después de restarle el monto de la pensión especial que ya recibe.
Principales personas beneficiarias de la ley de PGU :
Grupo | Detalles |
Potenciales beneficiarios y beneficiarias de APSV y PBSV. |
|
Beneficiarios y beneficiarias de PBSI y APSI (no se reemplazan por la PGU). | A contar de febrero de 2022 se aumenta la cobertura de acceso y se incrementa el monto de la de la PBSI al de PGU; y de APSI, hasta alcanzar una pensión de invalidez igual a dicha suma, sin necesidad de ninguna solicitud adicional. La responsabilidad del pago se mantiene a cargo de las mismas entidades pagadoras. |
Pensionados y pensionadas de AFP y beneficiarios de APSV que reciben una Pensión Final Garantizada mayor que la PGU con retiro programado. | Desde mayo de 2022, el IPS le asigna, informadamente, el beneficio de mayor monto (entre la PGU y el APSV) a sus beneficiarios, con derecho a revertir dicha asignación, por una sola vez, hasta abril de 2023. |
Beneficiarios y beneficiarias actuales de vejez del antiguo Pilar Solidario: PBSV y APSV, excepto los que reciben Pensión Final Garantizada mayor que el monto de la PGU. | Desde febrero de 2022 son traspasados automáticamente a la PGU sin hacer ningún trámite adicional. La PBSV es reemplazada por la PGU y el APSV, según corresponda, por el valor de la PGU. |
Para quienes tengan una pensión base menor o igual a $702.101 mensuales, el monto de la PGU ascenderá a $206.173; mientras que para quienes tengan una pensión base mayor (calculada según su ) a $702.101, pero menor a $1.114.446, el monto de la PGU será variable:
- Importante : para las personas pensionadas de AFP (retiro programado) con APSV, que reciben una Pensión Final Garantizada de monto mayor a la PGU, desde mayo de 2022 el IPS les asigna, informadamente, al beneficio que resulta de mayor monto, comparando entre la PGU y el APSV, con derecho a revertir dicha asignación, por una sola vez, hasta abril de 2023.
- _
- Complemento al trabajo pesado: ¿tienen derecho a PGU los trabajadores y trabajadoras que se acogen a la pensión de vejez anticipada?
- Sí, pero según el, estos pensionados nunca acceden a la totalidad del monto de la PGU, sino que a un derecho a un complemento del beneficio, siempre que cumplan con:
- Haberse pensionado anticipadamente por trabajo pesado, haciendo efectiva la rebaja de edad (respecto de los 65 o 60 años, según sea el caso).
- Recibir una pensión o la suma de pensiones en el sistema del y de un monto inferior al monto de la PGU.
- La focalización y la residencia del,
El derecho al complemento de PGU, en estos casos:
- Se adquiere desde la edad que resulte de restar a 65 (para hombres y mujeres), el número de años de rebaja de edad legal a que haya tenido derecho de acuerdo con lo citado (por debajo de 65 o 60 años, según el caso).
- Se paga hasta el último día del mes en que la persona cumple 65 años, fecha en la cual, automáticamente, el IPS debe verificar todos los requisitos para que estas personas reciban la totalidad de la PGU a partir de la fecha citada.
- Al complemento de PGU se le aplican las normas de reajustabilidad, extinción y suspensión aplicables a la PGU del régimen general. Solo la edad como requisito se flexibiliza, de acuerdo con lo ya señalado.
El monto corresponde a la diferencia entre el monto de la PGU y la suma de pensiones que la persona se encuentre recibiendo en el sistema del DL Nº 3.500 (es lo que se llama “complemento”). Si dicha suma es mayor a la PGU, aún cuando la persona cumpla con los requisitos, no recibirá complemento alguno.
- Para consultas: cédula de identidad.
- Para solicitar la PGU en línea:,
– Instrucciones Trámite en línea Para conocer detalles de los montos de su pensión y, eventualmente, hacer una reversa:
- Haga clic en “Elija una opción” y luego en “Consultar si puede acceder”.
- Ingrese su RUN y fecha de nacimiento, y presione “Consultar”.
- Lea la información y:
- Si está conforme con lo informado, simplemente cierre la pestaña de su navegador. Si ya tiene una solicitud en trámite, puede hacer un seguimiento, ingresando con su RUN y en “Consultas”.
- Si requiere más información o desea revertir la asignación, pulse “Conoce más información”. Luego:
- Complete su RUN y, y haga clic en “Ingresa”.
- Si es una persona beneficiaria de PGU, se desplegará la información asociada a su pensión. Lea detenidamente los detalles y, finalmente, elija entre:
- Salir : si aún no se decide o quiere hacerlo en otro momento (el plazo es hasta el 30 de abril de 2023).
- Cambiar asignación : si no está de acuerdo con la propuesta y quiere optar por la otra opción, debe contactar a la con videoatención. Esta decisión es irreversible.
- Como resultado del trámite, habrá tomado la decisión sobre con qué beneficio (APSV o PGU) complementará su pensión con retiro programado.
Importante :
- El aplicativo de consulta entrega los detalles de cuál es, según las proyecciones de IPS, el mejor beneficio para cada persona pensionada, la que tendrá la opción de mantenerla o rechazarla, ya sea PGU o APSV. Esta comparación se realiza trayendo a valor presente o actual la suma estimada de todas sus pensiones proyectadas a lo largo de toda su vida.
- Puede apelar mediante el, y hacer seguimiento del reclamo y,
- Revise si tiene documentos sin cobrar de la PGU, emitidos por el IPS, desde hace cuatro o más meses, haciendo clic en la opción “Revisa si tienes PGU sin cobrar”, donde también podrá solicitar, con ClaveÚnica, el pago de estos. Si realiza este trámite, podrá consultar el,
_ Para solicitar la PGU:
- Haga clic en “Elija una opción” y luego en “Solicitar la PGU”.
- Una vez en el sitio web del IPS, complete su RUN y presione “Ingresar”.
- Presione el botón “Pensión Garantizada Universal, Pilar Solidario y Bono por Hijo”.
- La plataforma le indicará si cumple con los requisitos. Si los cumple, ingrese su y contraseña, y pulse “Ingresa”.
- Complete el formulario de solicitud y presione “Enviar”.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la PGU. Podrá consultar el estado de la solicitud en la misma plataforma.
– Instrucciones Trámite en Sucursal Importante : antes de realizar el trámite presencial puede agendar previamente una hora si quiere planificar su visita, haciendo clic en “Elija una opción” y luego en “Solicitar agendamiento”.
- Diríjase a una,
- Explique el motivo de su visita:
- Conocer si puede ser beneficiario o beneficiaria de PGU.
- Revertir la asignación propuesta por el IPS (optar por PGU o APSV).
- Como resultado del trámite, obtendrá la información solicitada y conocerá los pasos a seguir e, incluso, tomar una decisión sobre qué beneficio prefiere (la cual es irreversible).
– Instrucciones contacto telefónico
- Llame al call center de ChileAtiende en,
- Explique el motivo de su llamada: conocer si puede ser beneficiario o beneficiaria de PGU.
- Como resultado del trámite, obtendrá la información solicitada y conocerá los pasos a seguir.
– Instrucciones trámite por Email – Instrucciones trámite en el Consulado
- , de 2022, que crea la PGU.
- , Nº 21.538, de 2023.
- , de 2022, que establece el Reglamento del beneficio de PGU.
- , de 2008, que crea y establece un Sistema de Pensiones Solidarias.
- , de 2022, que fija puntaje de focalización previsional.
Lunes a jueves, de 8:00 a 20:00 hrs. Viernes, de 8:00 a 18:00 hrs. Para hacer tu atención más expedita, indícanos este Código de trámite : Pensión Garantizada Universal (PGU)
¿Quién puede acceder a la pensión universal para adultos mayores?
¿Qué necesito? – Ser argentina/o o naturalizada/o con 10 años de residencia en el país (anteriores a la solicitud), o extranjera/o con una residencia mínima de 20 años. No cobrar ni tener derecho a ninguna jubilación o pensión de un organismo nacional o de cajas o institutos provinciales o municipales, ni seguro de desempleo.
¿Cómo saber si me corresponde la PGU con mi RUT?
Consulta tu fecha de pago con tu RUT Para consultar tu fecha de pago del PGU con tu RUT, ingresa en el sitio de Chile atiende (Clic aquí). Luego, escribe tu RUT en el cuadro blanco donde se solicita y haz clic en ‘Consultar’.
¿Cuánto dura la pensión garantizada universal?
Quienes cumplan 65 años o más, pueden optar por mantener su pensión mínima o percibir una PGU, siempre que cumplan, entre febrero y julio de 2022, todos los requisitos establecidos en la Ley Nº 20.255.
¿Cómo postular a la PGU rentas vitalicias?
¿La PGU y las rentas vitalicias son compatibles? – Los pensionados de rentas vitalicias sí pueden recibir la Pensión Garantizada Universal. Para ello deben postular. El trámite se realiza de forma presencial en oficinas de Chile Atiende o en línea. En este último caso las personas deben Una vez dentro escribe tu RUT y haz clic en “Ingresar”.
¿Cuándo pagan la pensión del 2023?
El IVSS, por medio de su cuenta oficial de Twitter, anunció que el inicio del pago de la pensión correspondiente al mes de agosto sería a partir del viernes 21 de julio de 2023.
¿Cuánto va a cobrar un jubilado en enero 2023?
Jubilaciones: la evolución tras los aumentos de Anses – Luego de la pérdida del 19,5% de los haberes jubilatorios entre septiembre 2017 y noviembre 2019 durante el anterior Gobierno, el bono previsional para los que cuentan con haberes más bajos debutó con el actual Gobierno “por única vez” en diciembre 2019.
- Así, se otorgaron bonos de $ 5.000 en diciembre de 2019 y enero de 2020 para las jubilaciones mínimas y otro de $ 3.000 en abril de ese año.
- En abril y mayo de 2021 se dieron bonos de $ 1.500.
- En agosto se dio un bono de $ 5.000 y en diciembre de 2021 un bono de hasta $ 8.000.
- En 2022 hubo varios bonos y más frecuentes.
En abril ($ 6.000) y mayo ($ 12.000). Y desde septiembre 2022 se repitieron todos los meses: septiembre, octubre y noviembre ($ 4.000/7.000), diciembre, enero y febrero 2023 (de $ 7.000/10.000). Y de marzo a mayo hasta $ 5.000 /$15.000. La permanencia de los refuerzos se da porque la fórmula de movilidad – que combina salarios con recaudación tributaria que va a la Seguridad Social- no tiene una cláusula de garantía o compensación automática frente a la inflación, Quienes reciban una jubilación o pensiòn de hasta dos haberes mínimos, cobrarán un proporcional del refuerzod e hasta $5.000 pesos. Foto: Orlando Pelichotti / Los Andes Además, como no se integran al haber, los bonos compensan a un sector de jubilados una parte del alza de precios del mes o meses en que se cobran, pero al mes o meses siguientes el ingreso total del jubilado vuelve al nivel pre-bono y se requiere que se otorguen nuevos bonos que pasan a ser más frecuentes.
Por otro lado, los bonos no se toman en cuenta para el pago de los medios aguinaldos ni para los futuros incrementos de los haberes. De esta manera, la pérdida jubilatoria continua “de por vida”. En tanto, los que no cobran el bono – más de 2 millones de jubilados y pensionados- no tienen ninguna compensación y absorben, con una baja en términos reales de sus haberes, la pérdida completa ante la inflación.
Sin los bonos, la fórmula de movilidad en 2022 arrojó un 72,5% versus una inflación anual del 94,8%. Una pérdida del 11,5%. En marzo, la movilidad fue del 17,04% versus una inflación del 21,7%
¿Cuánto cobra un pensionado en junio 2023?
Cuánto cobra un jubilado en junio 2023 Jubilado con la mínima: si se considera el aumento estipulado por la Ley de Movilidad Previsional ($70.938), el bono ($15.000) y el medio aguinaldo de junio ($35.469), un jubilado de la mínima cobra este mes $121.407, en bruto.
¿Cuándo pagan la PGU de junio 2023?
El Instituto de Previsión Social (IPS) hace entrega de este aporte mensual a pensionados que cumplen con los requisitos necesarios.03 de junio 2023 a las 18:01 hrs.